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Modelo D6. Cómo presentarlo 2021

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Bueno, pues ya he presentado el modelo D6. Es el pequeño trámite que hay que hacer todos los años, si no quieres renunciar a operar con brokers extranjero sin comisiones de compraventa ni custodia de valores. Como por ejemplo XTB o eToro.

No he tardado más de 15 minutos. Pero en tu caso pude ser diferente. Todo depende de si es la primera vez que lo presentas, si tienes muchas posiciones o si ha variado mucho respecto al año anterior.

¿Qué es el modelo D6 y quién está obligado a presentarlo?

El modelo D6, es un modelo informativo. Lo deben de presentar todos los contribuyentes españoles con inversiones en el extranjero. No hay mínimos de cantidad. Hay que declarar cualquier importe o posición de inversiones en el extranjero.

Tienes que presentar el modelo D6 si a 31 de diciembre del año anterior, tienes acciones, ETFs o fondos de inversión, que estén custodiados en un intermediario en el extranjero, como XTB, DEGIRO, eToro o Interactive Brokers, que suelen ser los más habituales. También tienes que presentar el modelo D6 con criptomonedas, ahora muy de moda.

El plazo de presentación comienza el 1 de enero y finaliza el 31 de enero de cada año. Esta es una información que pide el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. Que nada tiene que ver con Hacienda.

¿Qué pasa si no presento el modelo D6?

Es un trámite obligatorio si tienes inversiones en el extranjero. Aunque sea un importe pequeño, tienes que presentarlo. En caso de no hacerlo, pueden sancionarte.

El Ministerio de Industria puede aplicarte una sanción del 25% del importe no informado en el exterior, con un mínimo de 3.000€. En caso de presentar el modelo D6 fuera de plazo, la sanción va de 300€ en los primeros 6 meses y de 600€ si supera ese plazo.

No conozco todavía a nadie que le hayan sancionado por no presentarlo. Pero dado que es un trámite informativo, no cuesta nada hacerlo y evitar arriesgarse a tener un disgusto. Si te acabas de enterar de esto y ha pasado más de un año, puedes estar tranquilo. Porque es una infracción leve y prescribe al cabo de 12 meses.

Modelo D-6. Cómo presentarlo desde casa.

Lo primero que tienes que hacer es descargar el programa de ayuda AFORIX. A mi dio algún problema de seguridad con Windows, porque no lo reconocía como seguro. Pero el antivirus, lo marco como riesgo bajo. Si pasa esto, ignóralo y descarga el programa.

Te va a hacer falta un extracto de la posición de tu cartera a 31 de diciembre y tu DNI escaneado en pdf. Muchos brokers extranjeros ya preparan un informe para facilitar el trámite a los inversores españoles. En cualquier caso, te vale con un extracto a fecha de cierre de ejercicio.

Abres el programa AFORIX y en el menú superior, seleccionas, formulario, nuevo, D-6. Inversión española en valores negociables.

Aceptas los 2 avisos que te salen. Marcas la cruz en “Declaración de depósitos” e informas los datos del inversor con tus datos personales.


En el apartado II, tienes que informar tus inversiones en el exterior. En la primera página sólo tienes espacio para tres posiciones. Si necesitas más, ve al menú superior y selecciona “hoja 2” o añadir hoja adicional. Ahí tendrás espacio para 6 claves de valor por página. Rellena el modelo D-6 de la siguiente forma:

4. Participación igual o superior al 10%. Tendrás que marcar que No, salvo que poseas más de un 10%.

5. Código ISIN de tu acción, fondo o ETF. Si no lo conoces o no viene en tu extracto de valores, lo puedes buscar en páginas como es.investing.com, isincodes.net o en Business Insider, por nombrar algunas fuentes.

6. En descripción del valor, poner el nombre de la empresa.

7. En emisor, lo habitual suele ser 400. Pero en tu caso puede variar.

8. En valor, hay que poner normalmente 01 acciones con derecho a voto o 03 para participaciones en fondos de inversión o ETF. Puede ser que tengas acciones preferentes sin derecho a voto. No es frecuente, pero puede ser, como en el caso de acciones de BMW.

9. En país de depósito, el país en el que el bróker deposita las acciones. Por ejemplo, DeGiro es NL – Países Bajos.


10, 11, 12 y 13. Número de títulos, la moneda en la que se expresa, el valor de cierre de la posición al final del año en su divisa (si no lo sabes se puede dejar en blanco) y el contravalor de la posición en euros.

Y no tiene más complicación. Vas añadiendo posiciones y listo. Luego cuando ya lo tengas todo, das a la validar. Y si está todo ok, para presentar el modelo D6 telemáticamente, basta con seleccionar del menú superior, presentación telemática y firma electrónica. Firmas electrónicamente y te guardas el fichero. A continuación, podrás adjuntar el extracto del bróker y una copia de tu DNI. Envías y te guardas una copia del justificante de presentación. Yo lo hice con certificado electrónico y no tuve ningún problema.

El modelo D6 es mejor presentarlo que no presentarlo. Te lleva unos minutos, pero no cuesta dinero. Y lo hacen para controlar los flujos de efectivo y la inversión que hacen los españoles en el exterior. Quítate miedos de que te están controlando o que te pueden confiscar y cosas así. Es el trámite que hay que hacer para operar con brokers sin comisiones o con costes 4 veces más bajos que un bróker de un banco tradicional. Si pagas más, es porque quieres.

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19 Comentarios

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  1. Hola, desconocia que existia ese modelo D-6.

    En España parece que cada ministerio tiene que tener su "modelo".

    Mi pregunta es la siguiente: ¿hay que presentarlo también en cuentas de futuros, CFD´s o Forex?

    Un saludo,

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    1. El modelo D6 es para todas las inversiones españolas, depositadas en cuentas de depósito extranjeras. Que es lo que suele ocurrir con algunos brokers sin comisiones o bajas comisioens, e intermediarios de CFDs, etc. No confundir con el modelo 720. Por tanto, entiendo que entran CFDs, criptodivisas, acciones, fondos, ETFs...

      Es una forma de controlar los flujos de dinero que vienen al país y los que se van. Un saludo.

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  2. No acabe de leer la entrada y me volví loco.
    Por eso no compro fuera.
    Saludos

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    1. Hola José.

      Te aseguro que del modelo D6, es más difícil explicar como presentarlo, que hacerlo. Son 10-15 minutos al año y te ahorras comisiones de compraventa y comisiones de custodia. Yo simplemente intento ayudar a los que compran las acciones con brokers extranjeros. Si te animas, ya tienes esta entrada de guía para el año que viene.

      Un saludo.

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    2. No compras fuera por no rellenar este modelo?. No jodas. Te merece la pena hasta que pagues porque te lo hagan.

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  3. Las posiciones de efectivo también se declaran??????.
    Sabes, si con clave permanente de la administración( puedo entrar en hacienda y la seguridad social), se puede presentar, ya que no certificado electrónico.

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    1. No, las posiciones en efectivo, no se declaran en el D6. Había un caso particular que era Degiro, hasta que Flatex les compró. En DEGIRO la liquidez se "guardada" en un fondo monetario. Y en ese caso, había que declarar el fondo en el que tenías la liquidez. Quitando ese caso particular, sólo inversiones.

      Lo puedes presentar con la Cl@ve PIN también e incluso en papel en las oficinas de correos (pero me parece mucho menos práctico).

      Un saludo.

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  4. Hola! Muchas gracias por el blog, es muy interesante y aporta información valiosa. Tengo una pregunta: Si invierto en un fondo índice una pequeña cantidad mensual a través de mi banco habitual (Openbank) también debo realizar esta declaración? Muchas gracias, y un saludo!

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    1. Hola! Gracias a ti por leer y comentar.

      Quédate tranquilo. No tienes que presentar el modelo D6. Porque las participaciones de tu fondo índice están depositadas en España. El modelo D6 es sólo para inversiones extranjeras depositadas o con custodia en el exterior.

      Un saludo.

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  5. Buenas tardes!
    Tengo Degiro y en el apartado "Informes" no veo nada que se parece a un listado de posiciones al 31 de diciembre 2020. Ya que es mi primer año con Degiro no sé si esperarme este tipo de informe.
    Una duda más: ¿en el modelo D6 hay que introducir TODAS las operaciones de compra y venta de acciones del 2020 o solo el listado de las posiciones al 31 de diciembre?
    Mil gracias y excelente trabajo como siempre!

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    1. Hola!

      Simplemente hay que informar posiciones a cierre de ejercicio. Con un extracto a fecha te valdrá. Degiro debe de sacar el informe de posiciones para el D6 unos días antes del final de mes.

      Gracias a ti por leer y comentar. Un saludo.

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    2. Hola,
      Primero dar las gracias por el blog es súper útil.

      Para sacar el extracto a 31 de diciembre en degiro aquí lo explican con pantallazos https://modelod6.es en el apartado de extractos.

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  6. Buenas tardes,
    en primer lugar enorabuena por la el blog, y muchísimas gracias por la información.
    Una pequeña duda, si la cuenta es de dos titulares, se tiene que hacer el modelo D6 por duplicado dividiendo el numero de acciones a cada titular, o solamente con que declare uno de los titulares es suficiente. En el extracto facilitado, solamente consta un titular.

    Muchas gracias y sinceramente muy muy bien explicado.

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  7. Hola Megaocio.

    Efectivamente. Si hay cotitularidad, hay que presentar dos modelos D6 dividiendo de las posiciones. Si son impares, pues uno de los 2 declarará una acción más que el otro.

    Gracias a ti por leer y comentar. Un saludo.

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  8. Hay que declarar los bitcoins que están en el exchange Coinbase? En ese caso cual es el codigo ISIN de bitcoin al no ser una accion/ETF?

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    1. Muy buena pregunta. Yo no tengo criptodivisas, pero imagino que por su naturaleza jurídica y porque está pendiente de regulación, puedes omitir los bitcoins en el modelo D-6, ya que no puedes identificar el activo o no se enmarca en ninguno de los que se listan.

      A lo mejor algún otro lector puede aportar algo más de luz sobre el tema.

      Un saludo.

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  9. El Efectivo que viene en el valor liquidativo de Interactive Brokers, ¿debe declararse en el D6?

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