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Modelo D6 – Cómo rellenar el modelo de declaración de inversiones exteriores

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Si tienes acciones en un bróker extranjero como DeGiro, Activo Trade, Interactive Brokers, GPM Bróker o si tienes acciones de mercados extranjeros con XTB, no te olvides de rellenar el modelo D6, de declaración de inversiones españolas en el exterior, antes de 31 de enero de cada año. 

Si te pilla de nuevas lo del modelo D-6, tranquilo. No te asustes. No es algo complicado. Y tampoco se conoce de momento a nadie que le hayan sancionado por no presentarlo. Pero por poder, lo pueden hacer. Como sí ha ocurrido con el modelo 720 de declaración de bienes en el extranjero. Y por cuyas sanciones, Europa ha denunciado a España. 

En cualquier caso, si quieres dormir tranquilo, hacer las cosas bien y cumplir con tus obligaciones, te voy a decir cómo rellenar el modelo D6, en caso de que tengas valores o acciones depositados en el extranjero. Ya sea a través de un bróker extranjero o brókeres extranjeros que operan con sucursal en España y depositan las acciones en el exterior. 

Obligados a presentar el modelo D6


Todos los inversores españoles que tengan acciones o valores depositados en el extranjero a 31 de diciembre del año anterior. Ya sean persona física o jurídica. 

El sentido de todo esto, es que el Ministerio de Comercio e Industria, tenga controlados los flujos de capitales desde España que invierten en el exterior y viceversa. 

¿Qué se entiende por valores depositados en el extranjero?

Pueden ser acciones españolas o extranjeras, fondos cotizados o ETFs o participaciones en fondos de inversión. Da lo mismo que sean acciones de Telefónica, de Bayer o un ETF del World MSCI. La clave es saber si estos valores están depositados en el extranjero o no. Con CFDs no hay que hacerlo, que no son valores negociados.

¿Cómo saberlo? Normalmente, los mejores brókeres y que menos comisiones cobran, suelen tener los valores depositados en el extranjero. Aunque no todos. Si tienes dudas te recomiendo que consultes con tu bróker y que te lo aclare.

Veamos algunos casos típicos de los brókeres más usados 


Puede ser que tengas estos valores con un banco comercial español, como Santander, Caixabank, Bankinter, Bankia o BBVA y que custodien tus acciones en una cuenta fuera de España. Pero en estos casos, no sería necesario rellenar el modelo D6, porque estas entidades ya informan al Ministerio de Economía. Pagar más te libera de esta declaración informativa. 

Otros casos típicos son el bróker holandés DeGiro, que opera con sucursal en España y deposita todas las acciones en el extranjero, Interactive Broker, es bróker extranjero y por tanto custodia todas las inversiones fuera de España. Los bokeres españoles Activo Trade y GPM Broker que utilizan la plataforma de Interactive brokers, lógicamente también custodian tus valores en el extranjero. En todos estos casos, hay que presentar el modelo D6.

El caso de XTB es un tanto particular. Aunque es un bróker extranjero que opera con sucursal en España como DeGiro, trabaja siempre con custodios locales del mercado en el que inviertes. Esto quiere decir si tienes acciones con XTB esto están depositados en un custodio español. Pero si tienes acciones alemanas están en un custodio alemán. Y en este ultimo caso sí que tendrías que informar en el modelo D6 de que se trata de una inversión exterior. 

Si usas el bróker Naranja de ING, no tienes por qué preocuparte de hacer nada, porque utilizan a Renta4 como custodio y estos ya reportan la información. Al igual que si usas otros brókeres españoles como Click Trade, Rentamarkets (que se quedó el negocio de Ahorro Corporación y Orey iTrade) o Self Bank.

¿Qué pasa si no presentas el modelo D6 o lo haces fuera de plazo?


De momento la administración está en plan blando con este tema, pero si tienes acciones depositadas en el extranjero, yo no me la jugaría. Aunque no presentar la declaración informativa de inversiones exteriores es una infracción leve, te podría caer una sanción de un 25% de importe de tus inversiones no declaradas, con un mínimo de 3.000€. Poca broma. 

En caso de que presentes el modelo D6 fuera de plazo, hay una sanción de entre 150€ y 300€ en los 6 primeros meses. Y de entre 300€ y 600€ en adelante. Si te arriesgas a no presentarla y pasa más de un año, la infracción prescribe y no te pueden aplicar sanción. 

Cómo se rellena el modelo D6 de declaración de inversiones exteriores 


Declarar tus inversiones en el exterior, si usas brókeres baratos como Interactive Brokers, DeGiro o XTB, no te debería llevar más de media hora y no es algo complicado, como verás a continuación.
Lo primero que tienes que hacer, es descargar el programa de ayuda AFORIX. A veces la configuración Java puede darte un poco de guerra. 

Por otro lado, te va hacer falta un extracto de tu cuenta de valores a 31 de diciembre. Mucho de estos brókeres que te he mencionado antes, son conocedores de la necesidad en España de presentar el modelo D6 y suelen facilitarte o ayudarte con los trámites. So usas DeGiro, sólo tienes que enviarles un correo a clientes@degiro.es y solicitarles un extracto de cierre de año para esta finalidad. 

En Interactive Brokers, basta con que te conectes en la plataforma de usuario y sigas la ruta, Informes, extractos, extracto a fecha, información de cuenta, posiciones abiertas y listo. No tiene mucha complicación. 



Una vez instalado Aforix, entra y dale a formulario nuevo, D6, Inversión española en valores negociables. Se abre el modelo. 

Toca rellenar datos personales. En general, es todo bastante intuitivo. Si tienes acciones, lo que tienes que marcar es declaración de depósitos. Si estás en enero de 2020, tendrás que indicar, que son los depósitos a 31 de diciembre de 2019. 

Si la cuenta o las cuentas de valores las tienes a nombre de más de un titular, te recomiendo que hagas un modelo D6 por cada uno. Si tienes varias cuentas de valores en brókeres extranjeros, lo puedes declarar todo en el mismo modelo D-6. No hace falta que hagas uno para cada cuenta de valores. 


En el apartado II, toca relacionar las acciones de tu cartera de valores a 31 de diciembre. Aparecen 3 por página. Si tienes más valores, no tienes mas que ir añadiendo hojas. 

¿Qué hay que rellenar de cada valor en el modelo D-6?


4. Participación igual o superior al 10%. Tendrás que marcar que No.
5. Código ISIN de tu valor o ETF. Si no lo conoces o no viene en tu extracto de valores, lo puedes buscar en páginas como es.investing.com, isincodes.net o en Business Insider, por nombrar algunas fuentes.
6. En descripción del valor, poner el nombre de la empresa.
7. En emisor, lo habitual suele ser 400. Pero en tu caso puede variar.
8. En valor, hay que poner normalmente acciones con derecho a voto. Pero puede ser que tengas acciones preferentes sin derecho a voto. No es frecuente, pero puede ser.
9. En país de depósito, el país en el que el bróker deposita las acciones. Por ejemplo, Interactive Brokers es Estados Unidos y en DeGiro es Holanda.
10, 11, 12 y 13. Número de títulos, la moneda en la que se expresa, el valor de cierre de la posición al final del año en su divisa (si no lo sabes se puede dejar en blanco) y el contravalor de la posición en euros.

Y no tiene más. Es ir añadiendo posiciones. Si tienes una o dos acciones, tardas muy poco en hacerlo.

El modelo D-6 lo puedes presentar de tres formas. Por correo certificado, presencialmente o telemáticamente. Yo funciono con certificado electrónico, así que todos los trámites con la administración, salvo excepciones, los hago telemáticamente. 

Lo de enviarlo por carta directamente al Ministerio de Economía e Industria, me parece de otro siglo. Si lo quieres presentar presencialmente, lo puedes llevar al registro de entrada de la subdelegación o Delegación de Gobierno y también valdría así. 


Para presentar el modelo D6 telemáticamente, basta con seleccionar del menú superior, presentación telemática y firma electrónica. Firmas electrónicamente y te guardas el fichero. A continuación, podrás adjuntar el extracto del bróker y una copia de tu DNI. Envías y te guardas una copia del justificante de presentación. 


Lo de cumplir con el modelo D6 de declaración de inversiones exteriores, es más contarlo, que hacerlo. Hazme caso. Que luego no es para tanto. Este es el peaje que tienes por operar con los brokers más baratos. Con los brókeres tradicionales de tu banco no tienes que hacer estas historias, pero pagas tres o cuatro veces más. ES lo que hay. Tú eliges 

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10 Comentarios

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  1. Buen articulo , te felicito.

    Una pregunta. Yo opero intradia y el broker esta en USA, solo contratos de futuro. Como se declara con ésta nueva modalidad? . No tengo acciones. Alguna vez queda algun contrato abierto pero pocos días. LO normal es intradía.

    Es decir, solo tengo capital para operar.

    Gracias por tus consejos y buen hacer.

    Sigue así.

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    1. Hola AL C. Muchas gracias.

      Si a cierre de ejercicio sólo mantienes liquidez en tu broker, pero depositado en una cuenta en el exterior, también debes y puedes informarlo con el modelo D-6. En caso de que te pille un contrato de futuro en vuelo, si es un contrato cotizado en un mercado organizado, también tiene que tener un ISIN que lo identifique. Si no lo hay, no tienes que declararlo como pasa con los CFDs.

      Un saludo.

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  2. Estuve indagando en los diferentes tipos de declaración en AFORIX y creo que en el caso de tener cuenta de futuros y opciones sobre futuros, podría ajustarse mejor el modelo D5-A como inversión española y adjuntando los extractos donde figuran las aportaciones al broker (fondos apertura). Pero compruebo que solo tienes UN MES para declarlo así, se me ha pasado de fecha.. LLamé a AEAT y no tienen ni idea de AFORIX o similar. Después de pasarme con 6 SEIS¡¡ diferentes personas de atención telefónica, lo más acertado que me aconsejaron era que lo añada a mi declaracion de renta anual, la apertura y los datos de perdidas y ganancias generados. Nada más.

    Asi que estoy en un lio "morrocotudo", pues o estoy fuera de plazo en el D-5 A o espero al 2020 para incorporarlo en las inversiones mobiliarias, etc..

    Que opinas?

    Gracias nuevamente por tu atención

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    1. Yo no me volvería loco con este tema. De momento no están duros con el asunto. Así que, dejalo estar, que al año que viene lo presentas y lo de este año, ya queda prescrito.

      Un saludo.

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  3. Tengo una duda con las opciones. ¿Se debe rellenar 00 en la clase de valor "Derechos de suscripción y derechos análogos?

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  4. Hola,
    Primeramente felicitarte por este y otros artículos que compartes con los demás!
    Quería preguntarte en relación a la obligatoriedad de la presentación del modelo D6 pues en 2020 realicé mi primera orden de subscripción en un fondo internacional (IIC extranjera con ISIN de Luxemburgo) a través del BBVA como “comercializador de la IIC extranjera” (es en el BBVA donde tenía el dinero que se usó para esta operación que ejecutó el propio banco).
    En este caso, ¿hay obligatoriedad de realizar el D6?
    ¿Se encarga el BBVA de informar en mi nombre a las autoridades españolas como parte de sus obligaciones de información?
    Gracias,
    Javier

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    1. Hola Javier,

      Quédate tranquilo. El modelo D6 es sólo para inversiones depositadas en el extranjero. En tu caso, aunque hayas invertido en un fondo internacional, tus participaciones están depositadas en BBVA en España. Con lo cual no tienes que presentarlo.

      Gracias a ti por leer y comentar. Un saludo.

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  5. Buenas tardes,
    en el modelo D6, para el caso de cuenta con dos titulares se tiene que presentar un modelo por titular dividiendo las acciones, aún siendo impares, o es suficiente con que lo presente uno de los titulares?????

    Gracias y un saludo

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  6. Tengo la duda de si los ETF son acciones con derecho a voto o no lo son, concretamente los ETF EQQQ (INVESCO NASDAQ-100) y SPY5 (SPDR S&P500 UCITS)

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    1. Hola utri68.

      Los ETF serían acciones sin derecho de voto. Un saludo.

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