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Cómo se compensan las pérdidas con las ganancias patrimoniales en la declaración de la renta 2017-2018


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Un tema controvertido que siempre genera dudas en la declaración de la renta, es por ejemplo, cómo se compensan las pérdidas de bolsa con el resto de ganancias patrimoniales u otras ganancias y pérdidas patrimoniales entre sí. Qué es lo que puedes hacer, lo que no y que plazos de tiempo tienes para hacerlo. 

Hacienda ha mejorado mucho en diversos aspectos, en lo que se refiere a la información que viene recogida en los datos fiscales para hacer la declaración de la renta y los que se trasladan a la renta web. 

Desde este año el fisco te advierte de no olvidarte de compensar las pérdidas patrimoniales que has declarado en años anteriores y en algunos casos, incluso te indica la cantidad. Algo que en años anteriores no ocurría. 

De hecho es una  es una fórmula muy buena que puedes emplear al final de cada ejercicio fiscal, para tratar de ajustar tu factura fiscal con Hacienda. Si ves que tienes por ahí alguna pérdida irrecuperable en algún chicharro o ese terreno del pueblo que no vale para mucho y te interesa aflorar la pérdida, te puede ayudar a pagar menos en la declaración de la renta. 

¿Cómo se integran y compensan las ganancias y pérdidas patrimoniales en la base imponible del ahorro?

Como norma general, primero podrás compensar las pérdidas y ganancias de cada tipo de producto de inversión y dentro de su categoría. 

Me explico. Hacienda hace como dos sacos. El primero lo componen los rendimientos de capital mobiliario. Aquí entran intereses de depósitos, dividendos, los intereses de la cuenta, prestaciones de seguros de vida, cupones de títulos de renta fija, intereses de rentas vitalicias, etc. 

Y de otro lado, están  las ganancias y pérdidas patrimoniales, que abarcan desde las acciones, las divisas, los fondos de inversión, la compraventa de un inmueble, ETFs, participaciones societarias de empresas no cotizadas e incluso las ganancias o perdida de la venta de objetos de segunda mano en Wallapop o Ebay por poner algunos ejemplos. 

Dentro de cada saco las rentas se integran entre sí. Y después, si en el saco de las ganancias y pérdidas patrimoniales queda saldo negativo, en 2017 puedes compensar hasta un 20% con las rentas del saco de los rendimientos de capital mobiliario. Y si sobran rentas negativas de las ganancias y pérdidas patrimoniales, tendrás los 4 ejercicios fiscales siguientes para compensar. 

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Lo vemos más claro con un completo ejemplo

José obtuvo los siguientes rendimientos en 2017. Gano 300€ con las cuenta 1 2 3 del Santander, 1.500€ en dividendos de acciones y 750€ de los intereses de unas obligaciones de Audasa. Además a José su bróker, le cobró 50€ de gastos de administración y custodia.

Por otro lado, José deshizo de unas tierras por 3.900€ gastos incluidos, que había recibido de su padre por herencia valoradas en 5.000€. Con el fondo Santander Small Caps España ganó sin embargo 2.000€, Pero entre lo que le pilló en acciones de Banco Popular y Abengoa, sufrió unas pérdidas de 5.300€ entre las dos. Y en 2017 compró a un coleccionista por eBay un reloj de lujo por 4.190€ que vendió ese mismo año por 4.490€ también por eBay. Además Hacienda le recuerda que tiene pendiente de compensar de ejercicios anteriores 900€. ¿Cómo se haría la integración de pérdidas y ganancias?

Pues de la parte de rendimientos de capital mobiliario, tenemos lo siguiente: 300€+1.500€+750€-50€= 2.500€ en total.

Del compartimento de las ganancias y pérdidas patrimoniales, tendríamos lo siguiente: Por las tierras perdió -1.100€ (3.900€-5.000€), en las acciones perdió -5.300€, mientras que con el reloj ganó +300€ (4.490€-4.190€) y con el fondo 2.000€. Lo que suma 4.100€ de pérdida patrimonial, que sumado a las pérdidas de años anteriores, tiene un saldo total negativo de 5.000€. De los cuales podrá compensar 500€ (un 20% sobre 2.500€) de los rendimientos de capital mobiliario. 

Quedándole un saldo pendiente de pérdidas a compensar en los próximos ejercicios, de 4.500€ de pérdidas patrimoniales. Las pérdidas de 2017, podrás compensarlas el 2018, 2019, 2020 y 2021. Mientras que el saldo pendiente del 2016, sólo llegaría hasta el 2020.

Hay unas excepciones en las que no es posible aplicar estas compensaciones. Que serían las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de las apuestas deportivas, los juegos de azar o el póker online. Estos se consideran ganancias o pérdidas patrimoniales no derivados de transmisión de elementos patrimoniales. Y van a la base imponible general al tipo marginal con tus rendimientos de trabajo. Lo que sí que te deja Hacienda es restar tus ganancias y perdías del póker online o de la apuestas por ejemplo (antes no se podía), pero no puedes compensar con lo generado por ejemplo con la venta de unas acciones. 

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5 Comentarios

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  1. Buenas tardes,
    Me surge una duda respecto a los "50€ del broken en gastos de administracion y custodia". ¿A que te refieres con esto?
    Si he comprado/vendido acciones y la comision que se lleva el broker ING es de 8€, eso puedo deducirlo?
    Gracias!

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  2. Hola Albert,Los gastos de compraventa de acciones son comisiones,las de la compra se suman al precio de adquisición y las de venta se restan del precio de transmisión.
    Otra cosa es la comisión de custodia, que algunos bróker cobran, esta si que se deduce,donde pones los dividendos hay un espacio para gastos de administración y custodia.

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  3. Buenos días,

    ¿Se puede compensar perdidas patrimoniales por venta de acciones con rendimiento positivos de capital mobiliario(rendimientos seguro de vida)?

    Gracias.

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    Respuestas
    1. Hola.

      El rendimiento del seguro de vida se declara como rendimiento de capital mobiliario. Por lo que sí podrás compensar las pérdidas de las acciones, pero con un límite del 25% de lo RCM.

      Un saludo.

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  4. Hola, Buenos días.

    El año 2018 en mi caso no fue positivo en la venta de acciones, vendí acciones de unas 20 compañías (6 de ellas con ganancias y las otras 14 con pérdidas) el resultado total es de unos -16000€.

    Ya he anotado en el programa Renta Web las 6 ventas con ganancias y otras 3 con pérdidas para compensar ¿Aun así esas otras 11 ventas con pérdidas las he de añadir en la renta de este año? ¿O espero a anotarlas en futuros años, para compensar la pérdidas?

    Un Saludo y muchas gracias.

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