728x90

¿Qué recargos y sanciones tributarias puede imponerte Hacienda?



sanciones-tributarias¿Sabes qué consecuencias tiene presentar la declaración de la renta fuera de plazo?  ¿Conoces las sanciones tributarias que te pueden caer por aplicarte deducciones que no te corresponden? ¿Sabes cuánto tendrás que pagar si omites información relevante al fisco y te pillan?

Si no has hecho todavía la declaración de la renta, simplemente recordarte que ya sólo faltan unos pocos días para que finalice la campaña IRPF 2012. Y si crees que no estás obligado a presentar la renta, revísalo bien, para evitarte luego recargos y sanciones tributarias. Que ya sabes que últimamente el fisco tiene un apetito voraz y no deja pasar ni una. 

Si, puedo entender que te encabrones cada día al leer la prensa y viendo las noticias. Viendo como determinadas personalidades, que han robado y estafado al fisco presuntamente cantidades millonarias, aun campan a sus anchas o se libran impunemente. Pero no te recomiendo que te apliques deducciones que no te corresponden, te hagas el loco si te toca pagar o te deduzcas el piso de la casa de veraneo, porque para ti y para mí si hay justicia. 

Por si acaso todavía te ves tentado de cometer alguna irregularidad o simplemente haces alguna infracción por mero desconocimiento, toma nota de lo que te puede costar y de los recargos y sanciones tributarias que te pueden caer. 

Hay siempre una notable diferencia, si la regularización viene por voluntad propia del contribuyente, a si es la administración quien inicia el proceso. 

Si la declaración de impuestos fuera de plazo, es presentada por iniciativa del contribuyente, no habrá sanciones tributarias, pero sí que habrá que pagar unos recargos según los siguientes periodos de tiempo:
  1. El 5% de la cantidad ingresada, con exclusión del interés de demora, si el ingreso se produce dentro de los 3 meses siguientes al término del plazo de declaración.
  2. El 10% de la cantidad ingresada, sin intereses de demora, si el ingreso se produce dentro del período comprendido entre 3 meses y un día y 6 meses desde el término del plazo de declaración.
  3. El 15% de la cantidad ingresada, sin interés de demora, si el ingreso se produce entre 6 meses y un día y 12 meses desde el término del plazo de declaración.
  4. El 20% de la cantidad ingresada, si el ingreso se produce una vez transcurridos los 12 meses siguientes al término del plazo de declaración. Y en este caso sí, mas intereses de demora por el tiempo de exceso sobre los 12 meses.
A lo mejor piensas que es una tontería y que a ti esto nunca te va a ocurrir. Pero lo cierto es que pasa muy a menudo aun cuando tú no tienes ninguna intención de demorarte en el pago o presentación de impuestos. Pero más a menudo de lo deseable, cuando presentas en tu banco por ejemplo la declaración de la renta, el empleado del banco, no se percata de que has domiciliado el segundo pago del IRPF o simplemente se despista y no marca la pestaña de domiciliar. Y entonces cuando llega la fecha del segundo pago, tu estas tan tranquilo y resulta que el cargo no se produce. 

Esto sería lo que tienes que pagar si tienes que ingresar a Hacienda y se te pasa el plazo. Pero ojo, si estás obligado a declarar y por ejemplo no presentas a la renta, es una infracción y también hay que pagar. 

En este caso hablamos de una sanción tributaria por no presentar autoliquidaciones o declaraciones, que no tengan perjuicio económico para Hacienda. 

Para que te hagas una idea, te pueden caer 100€ por no informar del cambio de domicilio fiscal, si eres persona física que no realice actividades económicas. 

Pero ojo, el art. 199 de la LGT, también indica que puedes ser objeto de sanciones tributarias, si presentas declaraciones o autoliquidaciones, con datos falsos, inexactos o erróneos. 

Aquí el susto va desde 150€ en cantidad fija, hasta los 1.500€. Así que yo que tú no me andaba con tonterías. Algún lector que me consultó en su momento sobre la obligación de presentar la declaración de bienes en el extranjero, se tomó un poco a la ligera la necesidad de presentar la declaración informativa. Pero las consecuencias pueden ser bastante importantes para el bolsillo. 

Te dejo un cuadro resumen con los recargos y sanciones tributarias 2013, que corresponde a cada tipo de infracción.

sanciones-tributarias-2013

Como habrás visto, la administración establece el importe de la sanción tributaria, según se clasifique la infracción como leve, grave o muy grave. 

Te recomiendo que no pases por alto las cartas que te envía Hacienda informándote de alguna irregularidad o solicitándote que presentes documentación adicional para aclarar algún dato. Los plazos son clave para establecer tanto la cuantía, como la intencionalidad en la infracción. 

También te puede interesar: 

6 Comentarios

Participa en la conversación y déjame un comentario.

  1. Buenas tardes, es muy interesante pero ¿qué sucede cuando hacienda te paga mas tarde de lo normal? ¿y como se recurre? por que en todos sitios pone que es hacienda la que te devuelve el dinero y los intereses de demora pero, esos interese no los veo yo y cuando quiero recurrir me ponen 40.000 trabas, esto seria interesante para muchas personas. Un saludo y gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Ginés.

      Con frecuencia, todos los años muchas declaraciones se retrasan en el pago. Normalmente es debido a comprobaciones que realiza la Agencia Tributaria. Pero puede que también sea cierta la leyenda urbana, de que Hacienda retiene las devoluciones de la renta, hasta que recauda por otras partidas.

      En cualquier caso cualquier contribuyente puede acudir a la administración tributaria para informarse y presentar los recursos y racalamciones que considere.

      Siempre queda la impresión de que es un mecanismo parcial y que da la sensación de estar hecho para perjuidacar al contribuyente, pero hay que pensar que su funcionamiento es siempre honesto y de buena fe. Por lo que si llevas razón, la administración te pagará lo que corresponda. Eso si, en tu mano queda demostrarlo.

      Un saludo.

      Eliminar
    2. Hola, muchas gracias pro tu respuesta.Un saludo

      Eliminar
  2. Me mandaron el borrador y quise conformarlo por internet. Lo, hice mal, o no pinché en confirmar, el resultado era de más de 1000€ a mi favor. Al no tener noticias de la devolución hasta ahora, he ido a hacienda a consultarlo. Me dicen que mi declaración figura como no presentada, con lo cual la he presentado hoy. ¿Qué sanción puede acarrearme?

    ResponderEliminar
  3. No entiendo muchas scosas soy de Colombia y estoy haciendo un trabajo.- En fin cual es la sancion por no enviar informacion o enviarla incorrecta ? Muchas gracias

    ResponderEliminar
  4. ¿Alguien sabe qué pasa si no se pagan? Se supone que al no ser delito, no pueden acarrear penas de cárcel. Entonces, ¿qué sucede si me niego a pagar?

    ResponderEliminar

Publicar un comentario

Participa en la conversación y déjame un comentario.

Artículo Anterior Artículo Siguiente