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¿Cómo se compensan las ganancias y pérdidas patrimoniales en el IRPF 2012-2013?



ganancias-y-perdidas-patrimoniales¿Tienes ganancias y pérdidas patrimoniales que declarar en la renta 2012? ¿Acumulas pérdidas patrimoniales de ejercicios anteriores? ¿Sabes cómo se compensan esas pérdidas patrimoniales en la declaración de la renta? ¿Conoces los cambios que se introducen a partir de este año?

Un año más llega la época de rendir cuentas con el fisco y surgen dudas sobre diversas cuestiones. Especialmente en aquellos puntos en los que se han introducido cambios recientemente, como ocurre con la compensación y la declaración de ganancias y pérdidas patrimoniales.

Además de conocer la correcta integración de rentas en el IRPF, conviene conocer estas cuestiones para hacer una correcta planificación fiscal. Pues no son pocos los inversores que de estos últimos años acumulan pérdidas patrimoniales derivadas de compraventa de acciones, fondos de inversión e incluso inmuebles.

Y muchas veces por desconocimiento o despiste, estas pérdidas no se aprovechan para compensar con otras rentas, con la consiguiente pérdida fiscal para el contribuyente. 

Veamos cómo se integra la compensación de ganancias y pérdidas patrimoniales este año y que cambia a partir de este ejercicio fiscal.

En primer lugar se determinan las ganancias y pérdidas patrimoniales, que van a formar parte de las rentas del ahorro. Y se compensan los saldos positivos y negativos del ejercicio sin límites de cantidades entre sí. Y que en suma arrojarán un resultado positivo o negativo a integrar con el resto de rentas. 

En caso de obtener un resultado positivo y tener pérdidas patrimoniales de los ejercicios fiscales anteriores al 1 de enero de 2012 (saldos netos negativos de pérdidas patrimoniales de los ejercicios de 2008 a 2011). Y viceversa, en caso de obtener saldo negativo, podrá compensarse en los 4 años siguientes.

Por otro lado, las ganancias y pérdidas patrimoniales que no deriven de transmisión de elementos patrimoniales de los ejercicios de 2008 a 2011, se pueden compensar hasta el límite del 25% de las sumas de rendimientos e imputaciones de rentas. Y el exceso si lo hubiese, para compensar en los próximos 4 ejercicios fiscales.

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Tienes que tener muy claro que las pérdidas y ganancias patrimoniales de la base imponible general y las de la base imponible del ahorro, no se pueden compensar entre sí en la renta de 2012. 

¿Cómo tributan las ganancias y pérdidas patrimoniales generadas por venta de acciones, fondos de inversión, inmuebles, etc a partir de 2013?

La primera novedad que habrá que tener en cuenta en la planificación fiscal desde este año, es que con los cambios en la fiscalidad volvemos a la norma anterior en 2007, donde se tenía en consideración el periodo de generación de rentas. Si son en periodo inferior a un año, podrán tributar desde un 24,75% hasta un 52% en régimen estatal (56% el máximo en algunas autonomías). 


El segundo cambio y que tiene que ver con lo comentado al inicio, es que desde este año, las ganancias y pérdidas patrimoniales, se compensarán primero con las de sus periodo de generación y después con el resto de rentas con límite del 10%, a diferencia de lo que ocurría hasta la renta 2012, en la que nos encontramos en periodo de presentar declaración. Y si hay exceso, con las distintas clases de renta en los 4 ejercicios siguientes. 

¿Qué cambios relevantes en compensación de pérdidas y ganancias patrimoniales conllevan estas novedades?

Si se da el caso de que generas una pérdida patrimonial de 1.000€ en la base del ahorro, se podrá compensar con límite del 10%, con los ingresos que obtengas de tu trabajo, de alquileres, imputación de rentas o actividades económicas si eres autónomo. 

Por otro lado ocurre también que aunque se ha penalizado la fiscalidad de las acciones a corto plazo, las pérdidas que muchos inversores pudieran haber acumulado estos años, pueden aprovecharlas para compensar rentas, incluso aunque no vuelvan a generar nuevos rendimientos en la base imponible del ahorro, sino simplemente con los ingresos que se obtengan del trabajo.

Así que revisa tus rentas de años anteriores y no te olvides de compensar tus ganancias y pérdidas patrimoniales si tuviste alguna.

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41 Comentarios

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  1. tengo una duda.
    para la renta de 2013-2014 solo se podrán compensar con el resto de rentas las perdidas de este año 2013.
    O las perdidas que se han producido en el 2012 también podremos compensarlas en un 10% con el resto de rentas

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    1. Hola.

      Según yo lo entiendo, las pérdidas declaradas en 2012 pendientes de compensar, se podrán trasladar al IRPF 2013 a compensar primero con las rentas de la misma clase y después a compensar con otros rendimientos con el límite del 10%.

      Un saludo.

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  2. Afectado INDIGNADO SANSE (Madrid)22 de mayo de 2013, 18:21

    y como puede afectar una conversion de Valores Santander obligatoriamente en acciones S. donde los afectados hemos tenidos unas perdidas del 55% aprox. sobre la inversión inicial, segun los medios de comunicación especializados?

    Algun especialista ASESOR FISCAL puede ayudarnos o asesorar sobre como confeccionar nuestra declaración de Renta 2012, POR FAVOR,

    SALUDOS LIBERTARIOS.

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    1. Entiendo que el canje de Valores del Santander, implica la materialización de una pérdida patrimonial entre la diferencia de la inversión inicial y el valor de las acciones adjudiacadas en el canje.

      Un saludo.

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  3. Hola, en 2011 tuve una pérdida patrimonial en la venta de un inmueble, de unos 50.000 €,¿en qué o con qué puedo compensar esa pérdida en la declaración de 2012, toda vez que en la declaración de 2011, no pude, porque no tuve rentas del ahorro?

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    1. Hola Marco Antonio.

      En la renta 2012, sigue habiendo separación entre clases de rentas. En 2012 puedes compensar con el saldo neto positivo de ganancias patrimoniales no derivadas de transmisión de elementos patrimoniales. Y ya el resto no compensado con rendimientos e imputaciones de rentas con límite del 25%.

      Un saludo.

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  4. Hola, yo también tuve pérdida patrimonial en 2012 porque vendí un inmueble por un precio sensiblemente inferior al que lo adquirí pocos años antes. He leído que puedo compensarlo con rendimientos del trabajo, ¿significa esto que del actual porcentaje que se me retiene de la nómina parte podrá ser considerada como compensación por la pérdida? En otros sitios he leído que las ganancias patrimoniales deben provenir de mercados de activos o de venta de inmuebles, estoy hecho un lío, gracias por cualquier pista.

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    1. Hola Juan Carlos.

      Este año no podrás compensarlo. Pero con el cambio normativo, salvo modificaciones a posteriori, podrías compensar con los saldos positivos de los próximos 4 años.

      Con las rentas de trabajo y actividades económicas, se podrán compensar las pérdidas generadas a menos de un año con límite del 10%, de por ejemplo la venta de unas acciones. Así como las pérdidas no derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales.

      Pero de todos modos, hasta el próximo ejercio fiscal podría haber algún tipo de matiz o modificación, que en su caso se publicará en el BOE.

      Un saludo.

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    2. Muchísimas gracias por la respuesta, averiguaré los detalles y estaré al tanto de posibles cambios en próximos ejercicios.

      Saludos

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  5. HOLA,YO TENGO UNA DUDA CON LA DECLARACION DE LA RENTA 2012. TENGO PERDIDAS POR ACCIONES DE AÑOS ANTERIORES QUE COMPENSO ESTE AÑO CON GANANCIAS EN LA CASILLA 458 HASTA EL MAXIMO DE GANANCIAS DE LA CASILLA 457. ME SIGUEN QUEDANDO PERDIDAS POR COMPENSAR Y MI PREGUNTA ES:
    ¿DEBO INTRODUCIR LAS PERDIDAS DE ACCIONES DE AÑOS ANTERIORES EN LA CASILLA 401?
    ES DECIR ¿TENGO QUE INTRODUCIR LA CASILLA 445 DE LA DECLARACION DEL AÑO PASADO EN LA 401 DE ESTE AÑO?
    ¿O TENGO QUE DEJARLO COMO ESTA Y LLEVAR YO APUNTADO APARTE LO QUE ME QUEDA POR COMPENSAR PARA LOS PROXIMOS AÑOS?
    MUCHISIMAS GRACIAS DE ANTEMANO.

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    1. Acabo de consultarlo pues estoy en tu misma situación y.- solo lo pondrás cuando tengas ganancias para compensar. Es decir que hay que llevarlo por cuenta durante los cuatro años y compensar lo que puedas.

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  6. Yo pienso que en la 401 pones el importe que te venga bien de años anteriores sin pasarte de lo que ya has podido pasar en otros años de perdidas. Yo por ejemplo tengo perdidas en la de ejercicio 2010 pero no en la del 2011 , y ahora en las del 2012 pues pondré el dinero justo para que me contrarreste las ganancias de este año. Si no es así se agradece que nos lo aclaren. muchas gracias.

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  7. agradecería si alguien me ayuda, ya que llamando a hacienda me han dicho 3 cosas distintas:
    si en 2011 perdí 2000 euros en acciones
    y en 2012 por una parte gano 500 y por otra pierdo otros 1000, la casilla 457 sale gris (no positiva) y no puedo meter nada en la 458
    cómo ppodría, si es que puedo, compensar esos 500 euros de ganancias de 2012 si el global de 2012 también fue pérdidas?
    muchas gracias

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  8. Hola,

    - En 2013 tengo ingresos por la prestación de desempleo, de 988€ al mes. No llego al límite de 22.000 €, por lo que no tendría obligación de declarar

    - Pero he obtenido ganancias patrimoniales por venta de acciones + intereses del capital mobiliario superiores a 1600 €, lo que me obliga a declarar

    - Si compenso estas ganancias con otras pérdidas patrimoniles (por venta de acciones), ¿SEGUIRÍA ESTANDO OBLIGADO A DECLARAR?

    - En caso de estar obligado: entiendo que tendría que tributar el 24,75% de los ingresos por prestación de desempleo (11.856 € anuales), menos el mínimo personal de 5.151 €. Es decir, tendría que pagar impuestos sobre la diferencia: 6.705 € ¿ES ESTO CORRECTO?

    MUCHISIMAS GRACIAS

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    1. Hola.

      Aunque compenses rendimientos, seguirías estando obligado a declarar. Pero además del mínimo personal a la cuota líquida resultante haría que restarle también una deducción general por obtención de rendimientos de trabajao (el desempleo tiene esa consideración). Por lo que la cuota de la autoliquidación rondará los 550€.

      Es un poco sinsentido que se obligue a tributar a contribuyentes en circusntancias como estas, al igual que a los jóvenes pluriempleados, pero el impuesto está diseñado así.

      Un saludo.

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  9. Tengo dudas de lo que tendría que pagar a Hacienda en el ejercicio de 2014
    - Valor en la escritura: 9000 € (año 1999)
    - Paralela - Justificante + Notificación Pago: 2.296,66 (año 2005)
    - Gastos Urbanización:
    o Recibo concepto Gastos Urbanización: 16.566,90 (Este recibo sirve??)
    o Recibo concepto Derramas: 15.223,76 (Este recibo sirve??)
    Valor actual del suelo - 47000
    total de todos los gastos es de:
    9000 + 2296 + 16566,90 + 15223,76 = 43086,66
    Precio de venta 40000, Sería una perdida patrimonial de 3000?? y por tener minusvalia no tendría que pagar a Hacienda por esta venta en el ejercicio de 2014. Un saludo y gracias

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  10. Hola,
    Mi duda es la siguiente: si tengo una pérdidas patrimoniales de 10.000 € por venta de inmueble en ejercicio 2009 que no he compensado todavía, y en el ejercicio 2013 tengo beneficios en bolsa por venta de acciones (en plazo de generación de esos beneficios menosres a un año) de 5.000 €...¿podré compensar esas pérdidas y no pagar nada de impuestos por los beneficios de este año?
    Entiendo lo de generación de beneficios de más y menos de un año, pero no tengo claro si son pérdidas por venta de inmueble si se puede compensar así con beneficios de bolsa de periodo menos a un año.
    Muchas gracias por la ayuda!!!!

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  11. Buenas tardes:

    Yo tengo una pérdida patrimonial reconocida de unos 20.000€ por la herencia de un piso y posterior venta a menor valor, todo ello dentro del 2.012.
    Por lo que he leido, entiendo que podré compensar en la declaración de la renta del año 2013, esa pérdida patrimonial con ganancias por venta de acciones o fondos de inversión, independientemente del periodo de generación de ese beneficio (pues la pérdida fue en 2012, y por tanto anterios a la nueva regulación). Por lo que he leído en este post, ADEMÁS, como esas ganancias no me van a cubir ni de lejos esos 20.000€ de pérdida, puedo compensar esta pérdida patrimonial con hasta el 10% de las rentas del trabajo generadas en 2013, ¿no es así?. Ruego una respuesta para salir de dudas de cara al final de año. Gracias

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  12. hola nel resumen de la informacione fiscal del 2008 tengo una perdita de 5000 euro la puedo compensar nel esercicio 2013

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  13. Hola, me compré un piso en Madrid con mi ex por 410000 eur, en 2008 en el 2010 nos separamos y se vende el piso (enero 2013) por 210000 eur, que descontando hipoteca y gastos nos quedan 50000 euros a cada uno ahora me quiero compro un piso (diciembre 2013) por 90000 eur y pido 60000 eur de hipoteca para lo que me falta y reforma. como quedaría esto para hacienda.
    Mis rendimientos de trabajo soy pensionista ( invalidez permanente total) con sueldo neto de 1080 eur .año 2013
    Muchas gracias

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  14. Buenos días! mi pregunta es si tengo ganancia o pérdida patrimonial, y cuanto me saldría a pagar a hacienda en el caso de que sea ganancia patrimonial?
    a continuación les doy toda la información:

    la vivienda fue comprada en el año 2005, era una vivienda de protección oficial y se liberaba en el año 2016.
    Escritura de compra 88.000 Euros.
    Escritura de Préstamo Hipotecario 226.000 Euros
    Gastos de impuestos y otros por la compra 14.000 Euros.

    Tasación para conceder Dación en Pago con extinción total de la deuda 143.000 Euros.
    Deuda total a la firma de la dación en pago con extinción total de la deuda 247.000 euros (esto es lo que se debía a la entidad financiera + intereses de demora + cuotas mensuales no pagadas)

    la Dación fue firmada en Agosto del 2013.
    Esta Dación no se hizo con el código de buenas prácticas, ya que la entidad financiera no estaba inscrita para hacer las daciones por el código de buenas prácticas y porque no ha querido inscribirse y hacerla por esa forma.

    Por Favor les pido que me digan si hay ganancia o pérdida patrimonial y que calculen cuanto me saldría a pagar en el caso que fuera Ganancia Patrimonial, para saber cuanto sale, y aprender ha calcularlo.

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  15. Hola mi consulta es para la declaracion de 2013 que tendremos que hacer en 2014, y compré 20.000 € en acciones de Bankia total 5.333 acciones, por la bajada que se produjo las canjearon 53 acciones de 1€ y me abonaron 33 centimos en la cuenta, ahora tengo 53 euros. ¿Esta perdida se puede compensar en la declaracion de la renta del 2013?.

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  16. tengo pérdidas patrimoniales del ejercicio de 2009 que no he podido compensar en estos años, todavía estoy a tiempo para el ejercicio del 2013, o fue el año pasado el último para compensar dichas pérdidas?

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    1. 2009 todavía lo puedes compensar con la declaración de la renta de 2013. Son los 4 ejercicios siguientes el periodo de tiempo que tienes y por tanto este sería el último.

      Un saludo.

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  17. Hola, me gustaría comentar una duda que tengo sobre la renta 2013 a presentar en 2014. Adquirí por herencia una vivienda en 11/2008.Se valoró en 90.000 euros a repartir en 3 herederos(30.000 x 3). En oct/2013 se ha vendido por 61.000 €(20.333 x 3) .En la adjudicación soporte unos gastos de 4533 €. En resumen que he tenido una perdida patrimonial de 5133 €.¿Se puede compensar parte o todo en la renta 2013 ? ¿Cómo se haría? . Muchas gracias .Saludos

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  18. Hola, sigue sin estar clara la compensación por entre 2013 (con el nuevo cambio ahorro/trabajo) y anteriores.

    En 2013 vendo acciones en menos de un año y tributa como renta del TRABAJO, por ejemplo gano 10000. Si en 2013 tuve minusvalía por venta acciones, quedó registrada como minusvalía del AHORRO, por ejemplo 5000.
    Cuando haga la decalaración, me dejarán compensar la pluvalía de acciones (que queda en la renta del trabajo por ser de menos de un año) con las minusvalías del año pasado, que quedaron en las del ahorro?

    Gracias!!

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    1. Me respondo yo mismo, pero primero corrijo la pregunta! :-)
      Si en 2013 he generado con acciones plusvalías de menos de un año estarán computadas en la parte GENERAL.
      Si en 2012 tenía minusvalías de acciones, estaban (aun siendo de menos de un año) en la parte del AHORRO.
      Por tanto, ¿puede compensar las plusvalías de 2013 que haya en la parte general (las de menos de un año) con las minusvalías antiguas que había en la parte del ahorro?

      La respuesta la encontré en:
      http://www.rankia.com/blog/irpf-declaracion-renta/1618098-como-tributaran-2014-plusvalias-generadas-menos-ano

      NO SE PUEDE. Las minusvalías de la parte del ahorro de años pasados solo se pueden compensar con las parte del ahorro de 2013.

      Saludos.

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    2. Exacto. Así es como funciona. El problema va a a venir a partir de este año, cuando se comiencen a diferenciar pérdidas de menos de un año, más de un año generadas a partir de enero de 2013 y las pérdidas de antes de 2013 que pertenecen todas a la base del ahorro.

      Un saludo.

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  19. Hola, en el 2013 vendi la totalidad de acciones y obligaciones de la caixa y obtuve pérdidas, mi pregunta es que en qué casilla de la declaracion debo colocarlo, en ganancia y perdidas solamente o tambien en rendimientos de capital mobiliario de activos financieros?, me estafaron con las preferentes y encima no tengo ni idea de acciones ni nada de eso.

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  20. Hola tengo perdidas generadas por la venta de acciones desde 2011, este año no tenido ganacias patrimoniales solo rectas de trabajo, me deja poner el importe de las perdias en la casilla 364, puedo aplicarlo?
    Gracias

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    Respuestas
    1. Las puedes compensar con las rentas del ahorro. Es decir, rendimientos derivados de intereses de cuentas, depósitos, títulos de renta fija, etc.

      Un saludo.

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  21. Tengo minusvalías del 2.012, en este año no se distinguía las de corto o largo, todas eran minusvalías, pero como compensar estas minusvalías con plusvalías del 2.013 a corto. Si no te dejan, entiendo que es ilegal, como hacer

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    Respuestas
    1. Hola.

      La verdad que es sorprendente lo tremendamente confuso que está siendo este punto para la mayoría de los contribuyentes.

      Todas las pérdidas pendientes de compensar (derivadas de transmisión de elementos patrimoniales) de los 4 años previos al ejercicio fiscal a declarar, se compensan con la base imponible del ahorro. Sí, has leido bien. Con la base imponible del ahorro.

      Independientemente del periodo de generación de las pérdidas pendientes de compensar (Hasta 31.12.12 todas pertenecían a lase del ahorro). La diferenciación entre pérdidas computables con el régimen general y la base del ahorro se establece desde el 1 de enero de 2013.

      Tus plusvalías a corte del 2013 se van a sumer a tus rendimientos del trabajo y resto de rentas pertenecientes al régimen general. Es decir, que no las vas a poder compensar.

      Un saludo.

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    2. Pero entonces no se pueden compensar las perdidas anteriores a 2013 como se decía en el artículo con el 10% de la base imponible general?

      Si no te permiten compensarlas por ninguna via dudo mucho de la legalidad de esta medida ya que tiene efectos retroactivos al afectar la nueva legislacion a resultados de ejercicios anteriores. La AEAT esta obligada a establecer un el 2013 un mecanismo de ajuste para situaciones como esta y a partir de 2013 que apliquen la ley (que también es una barbaridad pero este es otro tema).

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  22. Hola muy buenas :
    El año pasado 2013 vendi por primera vez acciones y tuve minusvalía en las 3 ventas que hice
    Mi pregunta
    Tengo que declararlo en el ejercicio 2013? y si es así en que casilla y con que valor -2000 o 2000 que es la minusvalia

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  23. Según habeis explicado todas las pérdidas pendientes de compensar (derivadas de transmisión de elementos patrimoniales) de los 4 años previos al ejercicio fiscal a declarar, se compensan con la base imponible del ahorro. Casilla 369.

    Pero y aqui viene mi pregunta ¿solo lo podrás compensar si la casilla 368 es positiva y hasta el máximo de su importe?

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  24. Buenas tardes,

    Mi duda es la siguiente:

    1.- Hace 6 años compré una vivienda por 1000 (importe ficticio)
    2.- Hoy la vendo por 800. con lo que se genera una pérdida patrimonial.
    3.- Hoy compro una nueva vivienda por 700
    4.- Los 100 que me "sobran" han de tributar?

    Muchas grácias

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  25. Hola!
    A ver si alguien me puede echar una mano con unas ventas de acciones:
    Sólo tengo rendimientos de mi trabajo y de una pequeña imposición a plazo, y una serie de acciones con las que "juego".
    El año pasado declaré una minusvalías procedentes de la venta de acciones de mas de un año, y este año también, por lo mismo.En cartera tengo otras acciones con las que de momento tengo plusvalías.
    Pregunta 1: Puedo compensar parte de las minusvalías del ejercicio anterior con algo de este ejercicio? Si sí, como indicarlo? En que casilla? Hay algún límite?
    Pregunta 2: Si el año que viene tengo finalmente plusvalías, donde y como se deben compensar con las minusvalías de los 2 ejercícios anteriores? En que casilla? Hay algún límite?
    Gracias anticipadas por el asesoramiento!

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  26. hola, he realizado compra y venta de acciones de un mismo valor a corto plazo en un mismo año y he obtenido mas perdidas que ganancias, pasados mas de 2 meses de la ultima venta puedo compensar las ganancias con las perdidas?.
    gracias un saludo

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  27. Buenos días , en septiembre 2012, herede de mi padre un piso junto a mis dos hermanos, este año en agosto lo hemos vendido, produciéndonos unas perdidas a cada uno de 4000€', como puedo compensar estas perdidas en la declaración de la renta. Gracias y un saludo

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  28. Buenos días, tengo una hipoteca multidivisas en francos suizos, y la he pasado a euros, con una perdida patrimonial de 73000 euros. Quería saber como hacer a efectos fiscales en la declaración, y que porcentaje se podría recuperar, si es que procede. Muchas gracias

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