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Novedades fiscales 2012-2013



Novedades-fiscales-2013
Acabamos este horrendo 2012 con novedades fiscales importantes que van a entrar en vigor a partir del 1 de enero de 2013. No sé si te acordarás, pero también el año pasado se aprobaron novedades fiscales a un par de días de terminar el año y casi no hubo tiempo de reaccionar.

Este año no ha pillado tanto de sorpresa, porque las medidas tributarias que se publicaron en el BOE el pasado 27 de diciembre, ya se habían anunciado con bastante antelación y prácticamente no ha habido cambios reseñables. Faltaba por concretar alguna medida, pero en general se ha aprobado lo que se venía comentando desde septiembre. 

Estas medidas tributarias, se establecen dentro del marco de actuación que el gobierno denomina “medidas para consolidar las finanzas públicas e impulsar la actividad económica”.

Por si todo esto te ha cogido fuera de juego, te voy a resumir algunas de las novedades fiscales 2013 que afectan al IRPF y aclarar algunas dudas que han ido surgiendo estos meses sobre los cambios que estaban por llegar. Especialmente en temas tan sensibles como la deducción por vivienda habitual, la fiscalidad de las acciones o el impuesto sobre los premios de Loterías del Estado, ONCE y otros sorteos que antes estaban exentos.



Novedades fiscales 2013 sobre las deducciones por adquisición de vivienda habitual.

Se suprime la deducción por inversión en vivienda habitual desde el 1 de enero de 2013. Si tenías pensado comprar vivienda en 2013 y financiarte con un préstamo, ya no podrás deducírtelo.

Como siempre hay algún matiz. No estaba claro que pasaba con las viviendas en construcción o en autopromoción. Al final, las personas que habían hecho pagos a promotor o en construcción, tienen derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual, aunque la entrega efectiva de la vivienda se materialice en 2013. Lo mismo te pasa si habías hecho algún pago para rehabilitación o ampliación de vivienda habitual. Sí que te podrás deducir, pero las obras deberán finalizar antes del 1 de enero de 2017.

A partir del 1 de enero del 2013, la compra de vivienda nueva, pasa de tributar a un IVA del 4% a tributar al 10%.


¿Qué pasa con la cuenta ahorro vivienda en 2013?

La cuenta ahorro vivienda desaparece. Ya no puedes abrirte una cuenta vivienda. Salvo aquellos territorios que tengan transferidas competencias en materia tributaria, como las Haciendas forales en País Vasco o Navarra, que podrán establecer normas propias y mantener la deducción.  


¿Pueden seguir deduciéndose la cuenta vivienda los que ya la tienen abierta en 2012?

Sí. Incluso podrías abrirte una cuenta hoy mismo. O llegado el caso,  entre mayo y junio del 2013, cuando haya que hacer la declaración de la renta, si te interesa, podrías declarar un plazo fijo o una cuenta remunerada abierta en 2012 como cuenta vivienda. Y tener de plazo 4 años, hasta 2016 para destinarlo a inversión en vivienda habitual y no perder el derecho a la deducción. Pero sólo se podría deducir un año, el ejercicio fiscal 2012 que acaba hoy.

Aparte de esto, si tienes una cuenta ahorro vivienda, abierta antes del 1 de enero de 2013, Hacienda te permite devolver lo deducido hasta 2011 sin intereses en la declaración de la renta de 2012. Y lógicamente no aportando nada este año. Lo que no implica que no puedas abrirte una nueva cuenta o depósito vivienda, para deducírtelo este año y simultáneamente devolver lo deducido por tu anterior cuenta. 

A todo esto, si hubiese que pagar intereses en algún caso, los tipos de interés en 2013 no varían. El tipo de interés legal se mantiene en el 4% y el tipo de interés de demora en el 5%.

Novedades fiscales 2013, el régimen fiscal de las ganancias  y pérdidas patrimoniales.

Se diferencia la generación ganancias patrimoniales a menos de un año y a más de una año. A más de un año, sigue como hasta ahora (Del 21% al 27%), a menos de un año se tributa al marginal (hasta un 53%)

Cuando escribí en septiembre sobre los cambios en la tributación de las acciones que se iban introducir a partir de 2013, no tenía claro si estos cambios eran sólo para acciones, derivados y otro tipo de activos especulativos. Pero finalmente se ha publicado que es para todo tipo de transmisiones de elementos patrimoniales.

Planteaba entonces el caso de una persona que recibía un piso en herencia y lo vendía antes de un año. ¿Tendría que tributar al marginal? Parece ser que sí.

También se modifican los límites de compensación de pérdidas de años anteriores, pero se mantiene transitoriamente para las pérdidas de los 4 ejercicios fiscales anteriores.

Modificación del régimen fiscal sobre el juego en España

Las novedades fiscales 2013, también traen cambios en la tributación de los premios derivados de los sorteos de Loterías y Apuestas del Estado, ONCE y los organizados por Cruz Roja, administraciones autonómicas y otros sorteos similares que se celebren en alguno de los estados miembros de la Unión Europea. Estos soportarán un impuesto del 20% en el momento de que se abone el premio. Quedan exentos los premios iguales o inferiores a 2.500€.

Este impuesto, viene a complementar a la Ley del juego aprobada en 2011, que afecta a casinos online, casas de apuestas, bingos, etc y que obliga a tributar por las ganancias netas al final del año.

Como ves acabamos un año 2012 bastante feo y empieza otro, el 2013, recibiendo “palos” con forma de novedades fiscales. Aun estas a tiempo de maquillar la declaración de la renta de 2012. Puedes a un plan de pensiones, amortizar hipoteca o abrir una cuenta vivienda o haciendo alguna donación. Hasta que den las campanadas tienes tiempo. Recuerda que lo que hagas por la banca electrónica también entra en el año.

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3 Comentarios

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  1. A mi me preocupa que en agosto de 2013 me cumple un plazo fijo familiar y me temo que del 4 % que me estaban pagando voy a pasar al 2 %... la fiscalidad me da igual dado que me devuelven la retención practicada del 21 % en la declaración del año que viene.
    Qué opinas de la guerra de depósitos???, continuará o se acabará dado que solo van a quedar 8 o 9 bancos. Por cierto Kutxabank es la entidad más solvente del Estado Español dado que solo remunera actualmente sus plazos fijos a un año al 0,40 %.

    Zorionak eta Urte Berri On!!!.

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    1. Hola!

      Ya se ha notado una caida importante en las ofertas a plazo fijo. Poco a poco entiendo que el mercado se normalizará y evidentemente esos 4% o cuatros y pico desaparecerán del mercado.

      Pero eso no significa que desaparezcan las alternativas de inversión rentables para perfiles conservadores. Al menos deberías cubrir la inflación. Y con un 2% no te va a llegar. ¿Has pensado en invertir a través de fondos de inversión garantizados o de renta fijaa m/p y l/p? Fiscalmente es una opción incluso mas interesante.

      Siempre he dicho que las altas remuneraciones de forma continuada, delataban a las entidades que tenían problemas. Pero los dos grandes bancos, de vez en cuando dan un puñetazo en la mesa y también se suben al carro del 4% como ha hecho Banco Santander los últimos meses de 2012. Kutxabank, está en el grupo de las solventes y paga algo mas que un 0,40%. Paga poco, pero paga seguro. Lo que si que es cierto, es que si estan tan bien, ¿por qué no dan un golpe de autoridad de cuando en cuando y hacen una oferta agresiva?. Supongo que si lo han hecho así, es porque les ha ido bien.

      Un saludo y Feliz 2013!

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  2. Buenas, tengo una duda, podrías ayudarme?
    En el post dices "A parte de esto, si tienes una cuenta ahorro vivienda abierta antes del 1 de enero de 2013, Hacienda te permite devolver lo deducido hasta 2011 sin intereses en la declaración de la renta de 2012".
    Pues bien, yo tengo una cuenta vivienda abierta antes del 1 de enero de 2013, el plazo de 4 años desde que la abrí finaliza este diciembre y no hay visos de que vaya a comprar nada, ¿podría devolver lo deducido SIN INTERESES en la renta de 2013?
    En caso afirmativo, ¿en que norma o instrucción vendría esta previsión?
    Muchas gracias por adelantado.

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