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¿Qué pueden hacer las empresas respecto a la jubilación de sus empleados?

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La constante evolución de la sociedad española hacia una población cada vez más envejecida, comienza a provocar una cierta inestabilidad en el sistema público de pensiones, tal y como lo hemos conocido hasta ahora.

Este hecho provoca una necesidad importante de planificación previa de nuestra jubilación, una vez llegado a su fin el periodo de la vida laboral de una persona. Cada vez son más las empresas que intentan preparar y colaborar en la preparación de sus empleados para la jubilación. Esto quiere decir que, no sólo los trabajadores toman conciencia del hecho de la jubilación sino que, son cada vez más las empresas que comienzan a co-responsabilizarse de la preparación de sus empleados actuales para su jubilación. Y, ante este hecho, son cada vez más las empresas que no consideran que no tengan ningún tipo de responsabilidad cuando el empleado cese su actividad por jubilación. Entendido como que se desvinculan una vez que la relación laboral con el empleado haya llegado a su fin.

En este sentido, habría que diferenciar el Plan de Pensiones del Plan de Previsión Social Empresarial. Los Planes de Previsión Social Empresaria (PPSE) son el equivalente a los Planes de Empleo (PPE), pero basados en un seguro.  En este sentido, el Plan de Previsión Social Empresarial, se trata de un seguro de vida en el que se pueden realizar aportaciones periódicas o únicas, con una garantía de tipo de interés. En este caso, el Tomador del seguro es la empresa que, a su vez, tiene un contrato de acuerdo con sus empleados. De esta manera, los empleados son asegurados. 


De esta manera, y de acuerdo a las coberturas previamente acordadas, los trabajadores estarán cubiertos antes determinados sucesos como por ejemplo: jubilación, dependencia, incapacidad permanente o fallecimiento, entre otros. 

En este Plan, las aportaciones las realiza la empresa, aunque también se permiten aportaciones de los propios empleados a su plan de pensiones personal. 

Cabe destacar la principal diferencia con el Plan de Pensiones habitual, en este caso, el instrumento jurídico para su creación es una póliza de seguro colectivo. 

En la actualidad, existen gran cantidad de empresas que han optado por el plan de previsión social empresarial. Se trata de un producto de contratación sencilla con el cual se consigue exteriorizar los compromisos de la empresa en cuanto a pensiones de los trabajadores se refiere. Un seguro con una rentabilidad asegurada y que, además, ofrece un tipo de interés garantizado una vez llegado el momento de la prestación.

Algunas de las características particulares de estos Planes es la no exclusión de ningún empleado, es decir, deben ser accesibles para toda la plantilla. La no existencia de posibilidad de rescate de las aportaciones por parte de la empresa, de no ser para la integración de los compromisos en otro contrato y, por último, si se produce un cese de la relación laboral entre la empresa y el empleado, el asegurado podría movilizar el capital a otro producto.

La finalidad de este productos, por tanto, sería la de preservar un bienestar 360 del actual trabajador de la empresa cuando llegue su momento de jubilación. Entendido 360 como un bienestar no sólo financiero sino también, bienestar físico, social e intelectual.

Además, cabe destacar que en este tipo de planes, las aportaciones realizadas por la empresa, ya sea de forma periódica o única, al plan de pensiones del empleado, no son rescatables. De este modo, pasan a formar directamente parte del patrimonio del empleado. Todo esto favorece en la planificación de la jubilación, a fin de poder disfrutar de una jubilación que preserve el bienestar del empleado.

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