La Ley 6/2017 de Reformas urgentes del trabajo autónomo, aprobada el pasado octubre, trae
consigo una serie de novedades para los autónomos
en 2018. Algunas de estas medidas no habían entrado en vigor hasta el 1 de
enero de este año. Y de las cuales te voy a resumir las que a mi juicio son algunas
de las más destacadas.
Cosas por ejemplo, como lo que tiene que ver con los gastos deducibles de autónomos 2018,
las bonificaciones en la cuota de autónomos o las devoluciones por exceso de
cotización al estar en régimen de pluriactividad.
Para mí una de las novedades
para autónomos 2018, más destacadas y que a mi juicio acaban con un foco de
controversia con los autónomos profesionales especialmente, es el tema de los gastos deducibles de los autónomos que
trabajan desde casa.
La novedad es que se clarifican los gastos de suministros
puedes deducirte si trabajas desde casa. Se permiten deducir fiscalmente el 30%
de los gastos sobre los metros o proporción de la vivienda afecta en la
actividad y así declarado en el modelo 036 al realizar el alta.
Los gastos de suministros de la vivienda en la que se realice
la actividad, como agua, gas, electricidad, telefonía e internet podrán ser
deducibles. No es necesario que la vivienda en la que se ejerce la actividad,
sea de tu propiedad, bastan con que los recibos de suministros estén a tu
nombre.
También se podrán seguir deduciendo como hasta ahora, los
gastos de propiedad o alquiler de la vivienda afecta a la actividad. Como son,
la amortización del inmueble o la cuota de alquiler, los gastos de comunidad,
las tasas de basuras, el IBI y los seguros.
Por tanto se aclaran los gastos
deducibles de autónomos a partir de 2018. Antes era bastante problemático y
casi era motivo de inspección asegurada. No obstante, la novedad tampoco
implica una cuantía sustancial, pero al menos deja claro un criterio uniforme
en el que basarse.
Por ejemplo. Supongamos que eres un escritor freelance que trabaja en casa y que de
tu piso de 90 metros, tienes afecto un tercio de la vivienda. Siendo esta de 90
metros. Y que los gastos totales de suministros anuales de tu propiedad
ascienden a 4.000€. El porcentaje de deducción será del 10% (0,3333% x 0,30%). Y
por lo tanto los gastos deducibles totales ascenderán a 400€ (0,10% x 4.000€).
También te podrás deducir
fiscalmente como autónomo, una cuantía en concepto de gastos de
manutención. 27,27€ diarios como concepto de gastos de dietas y manutención, siempre que se generen por motivos
laborales, que se hagan en establecimientos de restauración y hostelería, que abone
con medios de pago electrónicos y se disponga de factura o comprobante a tal
efecto. No te extrañes si vas a comer o cenar a un restaurante y cuanto te
llevan la cuenta te preguntan si quieres factura.
Otra de las importantes novedades de autónomos 2018, son las
bonificaciones en la cuota de autónomos. Para nuevos autónomos, con entrada en
vigor desde enero:
Se amplía a 24 meses la tarifa plana para nuevos autónomos de la
siguiente manera: 12 meses a 50€, 6 meses más con una reducción del 50% de
cuota (137,97€) y otros 6 meses con una reducción del 30% (cuota de 192,79€).
Reducción de los requisitos de acceso
y consideración de nuevo autónomo: se flexibilizan las condiciones, reduciendo el plazo sin
cotizar en régimen de autónomos a 2 años en lugar de los 5 anteriores, si no se
ha disfrutado con anterioridad de bonificación o 3años si se ha
disfrutado.
Si eres
autónomo que inician por segunda vez actividad con tarifa plana: se abre la posibilidad de que te
beneficies de nuevo de la tarifa plana siempre y cuando hayan transcurrido 3
años desde que te diste de baja en el Régimen Especial de Autónomos (RETA).
La reforma de la Ley
de autónomos, resuelve alguna de las demandas que desde este colectivo se
llevan años planteando. Como la cotización por los días reales de alta y no por
el mes entero en el que empezabas a cotizar sin importar el día, como ocurría
antes. También se abren cuatro plazos al año para cambiar las bases de
cotización. Y si tienes una actividad temporal o puntual, podrás darte de alta
y de baja hasta tres veces en el año y cotizar con cuota proporcional desde el
día en que empiezas a cotizar sin contar mes entero.
Otra de las novedades
de autónomos 2018, es que si estás dado de alta como autónomo societario
porque eres administrador de una empresa, tu cuota se desvincula del salario
mínimo interprofesional y pasa a regirse por los presupuestos generales del
estado. No obstante la cuota sigue subiendo. Y este 2018 la cuota de autónomo
societario se va hasta los 357€ al mes.
Lo único que te compensaría esta situación, es que si
trabajas por cuenta ajena a la par que cotizas como autónomo, podrías solicitar la devolución de exceso de
cotización por pluriactividad. Algo que hasta ahora tenías que solicitar en
los cuatro primero meses del año (este es el último año que tienes que hacerlo
respecto de 2017) y que desde 2018 en adelante, será un proceso de devolución
automático, sin que tengas que presentar la solicitud.
Como ves, algo se ha avanzado en la mejora de los gastos deducibles como autónomo y en el
establecimiento de un sistema de cotización más justo. Pero siguen faltando
incentivos importantes, como la proporcionalidad de cotización en función de
ingresos en el inicio de actividad como en otros países europeos, para que muchas otras personas se animen a dar
el salto de emprender.
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Excelente articulo.
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