Aunque se suprimió para quienes compraron casa a partir del 1
de enero de 2013, en España todavía hay alrededor de seis millones y medio de
contribuyentes que se aplican la deducción
por inversión en vivienda habitual en
su declaración de la renta.
Recordar además que esta deducción, se mantiene todavía hoy, para
los contribuyentes con residencia fiscal en provincias con régimen foral
propio.
A través de las diversas inspecciones que realiza la Agencia
Tributaria todos los años, se sabe que la deducción
por vivienda habitual, es uno de los focos de fraude fiscal más acusado en
el perfil de contribuyente medio.
Por eso como cada año, conviene recordar bajo qué condiciones
te puedes beneficiar y aplicar la deducción
por adquisición de vivienda habitual en la renta de 2014 y sucesivas, si es
que no cambia en próximas reformas.
La deducción por
inversión en vivienda habitual tiene un coste fiscal muy grande para las
arcas de la Hacienda Pública. Por ese motivo es uno de los aspectos que más se
revisan en las declaraciones de la renta.
Además siempre hubo controversia sobre la aplicación de esta
deducción, pues generaba un incremento de los precios indirectos en los precios
de venta de los inmuebles y a cada poco, vuelve el debate sobre suprimir
definitivamente la deducción de inversión
y financiación para compra de vivienda habitual.
No obstante muchos contribuyentes mantienen esta ventaja,
mediante un régimen transitorio. Pero está bajo el control cada vez más
minucioso y exhaustivo de la Agencia Tributaria.
Uno de los principales fraudes que persigue Hacienda, es el
de beneficiarse de devoluciones en IRPF al aplicar deducciones por compra de vivienda habitual, cuando en realidad se
trata de segundas residencias o no ocupa de manera efectiva la vivienda
declarada como habitual.
La deducción por este concepto está limitada en el 15% de
hasta 9.040€ por contribuyente. Por lo que implica cambiarte el resultado a una
declaración de la renta en 1.356€. Que en el caso de un matrimonio o pareja que
trabaje y pueda deducirse el máximo, suponen 2.712€ por año.
Mucho dinero al cabo de unos cuantos años. Y por esa razón se
investiga y cuando se detecta el fraude, los importes reintegrar, así como las
sanciones e intereses pueden llegar a representar cifras muy cuantiosas.
Todavía hoy además de la devolución de la deducción por inversión en vivienda
habitual, puede llegar a reclamarse todas las deducciones de las cantidades
depositadas en cuentas de ahorro vivienda.
Recuerda que además de ocupar la vivienda de forma efectiva a
los doce meses desde la compra, se debe residir al menos tres años de forma
continuada, salvo las excepciones que contempla la Ley, para poder aplicarse la
deducción por vivienda.
Hasta hace unos años estos eran unos requisitos que no
preocupaban demasiado. Pero en 2012 se inició un plan especial de visitas
presenciales para detectar fraude fiscal. Donde se encontró irregularidades
en dos de cada tres inspecciones. Además de los expedientes aperturados por
cruce de datos por consumo de energía. El método más polémico, pero que ha
generado que muchos contribuyentes pierdan la deducción por inversión en vivienda habitual y lo hayan tenido que
devolver todo.
Más allá de estas actuaciones hay que tener cierta precaución,
cuando de manera voluntaria o involuntaria, se producen determinadas
situaciones que dan lugar a la pérdida total o parcial del derecho a deducción por vivienda habitual.
Como puede ser una extinción
de condominio, donde una pareja después de enero de 2013, compra a su
expareja la otra parte para sacarla de la hipoteca. Situación en la que sólo se
mantendría la deducción por el 50% de la hipoteca.
O cuidado también con incluir como parte de la inversión en
vivienda habitual, segundas hipotecas o nuevas disposiciones en hipotecas
flexibles para otras finalidades. No se pude declarar que el 100% de las cuotas,
al igual que ocurre con las subrogaciones con ampliación de hipoteca.
Más evidente es el fraude y más contundentes las consecuencias,
cuando además de aplicar la desgravación
por compra de vivienda, se está obteniendo una renta opaca por alquileres a
terceros.
Tanto si es de forma regular y habitual, como si se trata de
rentas ocasionales de apartamentos vacacionales. En estos casos el fraude es
doble. Se ocultan unas rentas de forma ilegal y se aplica indebidamente una deducción por inversión en vivienda
habitual. Ya el colmo de los colmos es que previamente se haya deducido por
una cuenta vivienda en la que se ha hecho una disposición irregular de los
fondos antes de la compra.
Aunque estos casos son difíciles de detectar, porque ha
habido consumos de energía y la vivienda ha estado ocupada, puedes ser objeto
de una denuncia
tributaria anónima ante Hacienda.
Es mejor no ser tan listo,
porque sabes perfectamente que a otros que cometen quizá fraudes de mayor
calado, no les pasará nada. Pero un pequeño contribuyente puede meterse en un
buen lío de consecuencias económicas importantes.
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En Julio de 2012 alquile una vivienda con un contrato con derecho a compra.
ResponderEliminarEn este mes la he comprado, pagando de menos las cantidades que habia entregado del alquiler.
Tengo derecho a deducirme?
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