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Consideraciones sobre la deducción por inversión en vivienda habitual 2014-2015

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Aunque se suprimió para quienes compraron casa a partir del 1 de enero de 2013, en España todavía hay alrededor de seis millones y medio de contribuyentes que se aplican la deducción por inversión en vivienda habitual en  su declaración de la renta.

Recordar además que esta deducción, se mantiene todavía hoy, para los contribuyentes con residencia fiscal en provincias con régimen foral propio.

A través de las diversas inspecciones que realiza la Agencia Tributaria todos los años, se sabe que la deducción por vivienda habitual, es uno de los focos de fraude fiscal más acusado en el perfil de contribuyente medio.

Por eso como cada año, conviene recordar bajo qué condiciones te puedes beneficiar y aplicar la deducción por adquisición de vivienda habitual en la renta de 2014 y sucesivas, si es que no cambia en próximas reformas.

La deducción por inversión en vivienda habitual tiene un coste fiscal muy grande para las arcas de la Hacienda Pública. Por ese motivo es uno de los aspectos que más se revisan en las declaraciones de la renta.

Además siempre hubo controversia sobre la aplicación de esta deducción, pues generaba un incremento de los precios indirectos en los precios de venta de los inmuebles y a cada poco, vuelve el debate sobre suprimir definitivamente la deducción de inversión y financiación para compra de vivienda habitual.

No obstante muchos contribuyentes mantienen esta ventaja, mediante un régimen transitorio. Pero está bajo el control cada vez más minucioso y exhaustivo de la Agencia Tributaria.

Uno de los principales fraudes que persigue Hacienda, es el de beneficiarse de devoluciones en IRPF al aplicar deducciones por compra de vivienda habitual, cuando en realidad se trata de segundas residencias o no ocupa de manera efectiva la vivienda declarada como habitual.

La deducción por este concepto está limitada en el 15% de hasta 9.040€ por contribuyente. Por lo que implica cambiarte el resultado a una declaración de la renta en 1.356€. Que en el caso de un matrimonio o pareja que trabaje y pueda deducirse el máximo, suponen 2.712€ por año.

Mucho dinero al cabo de unos cuantos años. Y por esa razón se investiga y cuando se detecta el fraude, los importes reintegrar, así como las sanciones e intereses pueden llegar a representar cifras muy cuantiosas.

Todavía hoy además de la devolución de la deducción por inversión en vivienda habitual, puede llegar a reclamarse todas las deducciones de las cantidades depositadas en cuentas de ahorro vivienda.

Recuerda que además de ocupar la vivienda de forma efectiva a los doce meses desde la compra, se debe residir al menos tres años de forma continuada, salvo las excepciones que contempla la Ley, para poder aplicarse la deducción por vivienda.

Hasta hace unos años estos eran unos requisitos que no preocupaban demasiado. Pero en 2012 se inició un plan especial de visitas presenciales para detectar fraude fiscal. Donde se encontró irregularidades en dos de cada tres inspecciones. Además de los expedientes aperturados por cruce de datos por consumo de energía. El método más polémico, pero que ha generado que muchos contribuyentes pierdan la deducción por inversión en vivienda habitual y lo hayan tenido que devolver todo.

Más allá de estas actuaciones hay que tener cierta precaución, cuando de manera voluntaria o involuntaria, se producen determinadas situaciones que dan lugar a la pérdida total o parcial del derecho a deducción por vivienda habitual.

deduccion-inversion-viviendaComo puede ser una extinción de condominio, donde una pareja después de enero de 2013, compra a su expareja la otra parte para sacarla de la hipoteca. Situación en la que sólo se mantendría la deducción por el 50% de la hipoteca.

O cuidado también con incluir como parte de la inversión en vivienda habitual, segundas hipotecas o nuevas disposiciones en hipotecas flexibles para otras finalidades. No se pude declarar que el 100% de las cuotas, al igual que ocurre con las subrogaciones con ampliación de hipoteca.

Más evidente es el fraude y más contundentes las consecuencias, cuando además de aplicar la desgravación por compra de vivienda, se está obteniendo una renta opaca por alquileres a terceros.
Tanto si es de forma regular y habitual, como si se trata de rentas ocasionales de apartamentos vacacionales. En estos casos el fraude es doble. Se ocultan unas rentas de forma ilegal y se aplica indebidamente una deducción por inversión en vivienda habitual. Ya el colmo de los colmos es que previamente se haya deducido por una cuenta vivienda en la que se ha hecho una disposición irregular de los fondos antes de la compra.

Aunque estos casos son difíciles de detectar, porque ha habido consumos de energía y la vivienda ha estado ocupada, puedes ser objeto de una denuncia tributaria anónima ante Hacienda.

Es mejor no ser tan listo, porque sabes perfectamente que a otros que cometen quizá fraudes de mayor calado, no les pasará nada. Pero un pequeño contribuyente puede meterse en un buen lío de consecuencias económicas importantes. 

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1 Comentarios

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  1. En Julio de 2012 alquile una vivienda con un contrato con derecho a compra.
    En este mes la he comprado, pagando de menos las cantidades que habia entregado del alquiler.
    Tengo derecho a deducirme?

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