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Fiscalidad fondos de inversión 2013



De entre todas las ventajas que tiene invertir en fondos de inversión, la más interesante respecto a otros productos de ahorro, es su tratamiento fiscal.

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La fiscalidad de los fondos de inversión siempre ha sido una gran ventaja, que cobra una especial relevancia tras los cambios en la fiscalidad de las ganancias y pérdidas patrimoniales que han entrado en vigor a partir del 1 de enero de 2013.

Puede que nunca le hayas sacado partido al tratamiento fiscal de los fondos de inversión. Tal vez por desconocimiento, miedo o mal asesoramiento. Pero lo cierto es que de ser así, te estás perdiendo uno de los pocos trucos que quedan para pagar menos impuestos y sacar un poco más de rentabilidad por tu dinero.

No me sorprendería nada que me dijeses que ante la elección de invertir en un fondo de inversión garantizado (con garantía de capital e intereses) y un plazo fijo con una rentabilidad igual a la del fondo garantizado, prefieres el plazo fijo.

En cierto modo lo entiendo. Después de todo somos uno de los países con el mayor porcentaje de inversores de perfil conservador de toda la UE. Y además estamos a la cola en educación financiera y nos dejamos asesorar por los empleados de los bancos.

Sin embargo creo que merece la pena que conozcas como puedes aprovechar la fiscalidad de los fondos de inversión para sacar más por tu dinero. 
Por lo menos, la próxima vez que se te presente la posibilidad de invertir en un fondo u otro producto, que tomes la decisión con conocimiento de causa. Y no lo descartes a la primera por miedo a lo desconocido o falta de información. 

En realidad la gran ventaja de los fondos de inversión radica en el diferimiento fiscal de las ganancias patrimoniales. Con un fondo de inversión hasta que no materializas la ganancia patrimonial no pagas nada a hacienda. Por otro lado en el traspaso de fondos tampoco vas a tener que pagar peaje fiscal alguno.

Ambas circunstancias pueden tener un efecto muy importante sobre el resultado de la inversión si se compara con otros productos con rendimientos similares.

Para que veas la ventaja de la fiscalidad de los fondos de inversión desde el punto de vista del diferimiento fiscal, te voy a poner un ejemplo.

Tu imagínate que tienes 10.000€. Y que puedes obtener un 4% de interés durante cinco años en un producto sujeto a retención como un depósito o un bono. Además, como no te hace falta el dinero vas a reinvertir los intereses. Por otro lado tienes un fondo de inversión de renta fija con una rentabilidad del 4% constante. Y quieres saber que opción tiene la mejor rentabilidad financiero-fiscal.


Con la reinversión, al cabo de los 5 años tendrías en el fondo de inversión un 4,13% más que en el plazo fijo, tal y como puedes ver la tabla.

Yo muchas veces digo, si es un dinero que no te hace falta y estás invirtiendo en plazo fijo, cuando te vence ¿Qué haces?. Buscas el mejor plazo fijo del mercado dentro del riesgo que estas dispuesto a asumir y reinviertes los intereses ¿no?. 

Luego entonces por qué no lo dejas en un fondo de inversión, te ahorras el pago de impuestos (21% IRPF) y los capitalizas junto con el resto del capital. La diferencia en 5 años un 4,13%. La diferencia es mayor si tomas capitales de más volumen y una retención sobre la base del ahorro mas alta.

Te voy a poner otro supuesto. Imagina que me dices que no quieres reinvertir el rendimiento que obtengas por tus ahorros y que prefieres cobrar una renta periódica invirtiendo siempre el mismo capital con el que empezaste. La diferencia sería la siguiente:


Aquí la diferencia es brutal. Vía reembolso periódico del fondo de inversión, cobrarías un 23,2% más al cabo de 5 años. La explicación está en que al no hacer el reembolso total del fondo, nunca pagas impuesto por la totalidad de la ganancia patrimonial, sólo de la parte proporcional de plusvalía que haces efectiva. Y el resto de la ganancia queda latente y diferida. Cada vez más capital de los 10.000€ iniciales, tendrás mas proporción de plusvalía.

Otro enfoque del tratamiento fiscal de los fondos de inversión, es que se puede cambiar de inversión sin peaje fiscal. 

Imagina que inviertes 10.000€ en BBVA. Transcurridos 6 meses las acciones se han revalorizado un 10% y das por cumplido tu objetivo de rentabilidad, vendiendo las acciones, para ingresar el dinero en cuenta y luego realizar otra inversión. Con el cambio de la fiscalidad de las acciones, es ganancia patrimonial generada en menos de un año va a tributar a tu marginal (desde un 24,75% a un 52%). 

Fuente: Abante asesores

Por el contrario si esos 10.000€ los hubieses invertido en un fondo de inversión de renta variable, que invierte en una cesta de bancos y al cabo de 6 meses también se revaloriza un 10% cumpliendo tu objetivo de inversión, no tendrías por qué realizar la ganancia. Podrías hacer un traspaso de fondos, pasando de una renta variable hacia un fondo monetario hasta que decidieses hacer una nueva operación. De ese modo la tributación sería del 0% y podrías capitalizar la retención de IRPF.

Al volver al sistema de tributación en el que se tiene en cuenta el periodo de generación de las ganancias, la fiscalidad de los fondos de inversión en 2013 también se ha visto afectada. Pero con el traspaso de fondos esa es una traba que es fácilmente salvable.

Recuerda que si haces suscripciones repetitivas en un fondo de inversión para alguno de los supuestos anteriores, se aplica el sistema FIFO a la hora de determinar la tributación con los fondos de inversión. Al margen de eso, tienes que saber que las gestoras de los fondos, trasmiten la información histórica de la antigüedad de las plusvalías generada por un partícipe en un fondo. Que es lo que permite que puedas beneficiarte de la fiscalidad favorable de los fondos de inversión, traspaso tras traspaso e incluso aunque dividas el capital inicial en varios fondos distintos. 

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30 Comentarios

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  1. Me ha aclarado mucho acerca de cómo se plasman en realidad las ventajas de los fondos de inversión, siempre lo había oído y leído pero no lo había entendido bien y gracias a los gráficos, está muy claro.

    Convencida ya de este punto, una sugerencia, dedicar una entrada a la recomendación de fondos para una inversión media.

    Muchas gracias por la información.

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    1. Hola Encarna.

      Me alegro que sirva para aportar algo mas de luz y transparencia sobre la fiscalidad de los fondos de inversión, a aquellos que no estais habituados a los fondos. Al menos pretendo dar una visión distinta de la que te puede dar un empleado de cualquier banco, que te intenta colocar su producto.

      Si quieres alguna sugerencia de fondos de inversión, puedes echar un vistazo a alguno de estos fondos de renta fija recomendados para 2013.. No obstante ya publicaré algun artículo mas sobre fondos para invertir según que perfiles de riesgo.

      Un saludo.

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  2. De acuerdo, pero no tienes en cuenta los "gastos de gestión" que te cuelan sí o sí al contratar un fondo, por lo que la rentabilidad baja considerablemente. En los depósitos no tienes que pagar por abrir una cuenta que sólo sea para cobrar los intereses. Hay que conseguir siempre una rentabilidad mayor en un fondo en comparación con un depósito para igualar las ganancias

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    1. Hola.

      No tengo en cuenta las comisiones de gestión y depósito, porque cuando hablamos que un fondo de inversión ha rentado en un periodo un 4%, es ya un 4% descontados los gastos.

      Indudablemente es el precio que hay que soportar para que unos profesionales especializados gestionen una cartera diversificada de inversión.

      En el depósito, el banco gana si su margen de intereses es positivo (su coste neto de recursos administrados), en los fondos el banco siempre gana.

      De cualquier modo eso no le resta nada al planteamiento y a las ventajas de la tributación de los fondos de inversión. Pero es verdad que el fondo tiene que ganar algo más, para poder pagar el coste de la gestión y ofrecer retornos positivos al partícipe del fondo. Un fondo con una rentabilidad garantizada del 3,75%, siempre te dará como mínimo un 3,75%. Sabiendo eso, tu decides en que invertir.

      Un saludo.

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  3. Hola,

    Vaya articulo interesante, con interesantes respuestas también.

    A mi me gustaría acceder a fondos que no ofrecen las comercializadoras españolas. Para ello me gustaría saber en que país puedo abrir una cuenta online con le menor coste posible y que me permita acceder a fondos de inversión americanos.

    Muchas gracias

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    1. Hola.

      No es fácil lo que pides pero no imposible. Interactive Brokers o Saxo bank, son unas posibles soluciones. Te permiten abrir una cuenta de fondos a distancia y directamente en el extranjero.

      También podrías hacerlo con ING Luxemburgo, pero la oferta es mas reducida. http://www.ahorrocapital.com/2012/09/como-abrir-cuenta-en-luxemburgo-desde.html

      Un saludo.

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  4. Muchas gracias por tu respuesta. Miraré los dos que nombras.
    Miré primero lo de ING, pero en el buscador de fondos vi sólo 5 opciones, por lo que deduzco que abrir una cuenta en ING.lu no es una buena idea para operar con fondos.
    Tengo que mirar las comisiones de suscripción y demás en estos bancos que nombras. Personalmente me parece un abuso lo de los bancos españoles. Normal que luego te den un 1% como en el Deutoche bank por invertir en fondos. Ellos siempre ganan y mucho.

    Un saludo

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    1. No sé hasta que punto son mas económicas las comisiones en fondos de inversión comercializados por entidades extranjeras. Casi te diría que son igual o mas caros.

      En un fondo de RV en España, te pueden llegar a cobrar hasta un 2,5% entre gestión y depósito. Como bien dices es una pasta y por eso es tan rentable para los bancos. Por eso también dentro de una categoría de fondos hay que fijarse en estas cosas antes de escoger uno u otro fondo.

      Un saludo.

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  5. Hola , tengo una duda, que no soy capaz de despejar con el articulo.
    Entiendo que en el caso del fondo, no se aplica retencion hasta que se hace ordena el reembolso y se consolida la plusvalia.

    Supongamos que tenemos un fundo contratado desde el 2011 hasta el 2018, periodo en el cual, hay una evolucion/variacion de tipo marginal aplicable sobre el ahorro, pasando del 19, al 21% y supongamos que en el momento de la orden del reembolso esta al 15%.

    Sobre la plusvalia consolidada en 2018, que tipo marginal se aplica ??, la vigente en el momento del reembolso, la correspondiente a cada anualidad, calculando el porcentaje obtenido en la plusvalia por cada anualidad ??

    Saludos y gracias

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    1. Hola.

      Si cambia la fiscalidad a lo largo del tiempo a una situación mas favorable, se aplica lo que esté en vigor en ese momento. Si en 2018 bajamos a un 15%. Te habrías ahorrado una mayor retención en los años anteriores.

      Por contra, si empeora, en según que casos, suele haber un régimen transitorio que lo compense.

      Con el cambio de la fiscalidad en los fondos d einversión desde enero de 2013, la retención en operaciones que generen plusvalías en periodo inferior a un año, es el tipo marginal. Pero en caso de generación a mas de un año, se aplica el tipo fijo de la base del ahorro. En estos momentos entre el 21%-27% según la cuantía.

      Un saludo.

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  6. Hola, quisiera hacer una pregunta: ¿la capacidad de cambiar de inversión sin peaje fiscal también está disponible en inversión en fondos extranjeros?

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    1. Hola.

      Es cierto que la ventaja de diferimiento fiscal no la tienen todos los fondos extranjeros, pero sí la gran mayoría.

      Tienen que ser fondos de inversión armonizados e inscritos en la CNMV. Lo mas importante es que esos fondos cuenten con el pasaporte comunitario o UCIT. Es decir que estén regulados por la Directiva 85/611/CEE. Te suele venir en la ficha del fondo.

      Tampoco se les aplica el diferimiento fiscal a los fondos constituidos en paraisos fiscales.

      Un saludo.

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  7. Buenos días,
    Poseo una Sociedad Mercantil, que invierte en varios fondos a través de JPM.Me están proponiendo la inversión en fondos, sin que procedan a retención del 21,.¿ Hay gato encerrado?
    Un saludo

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    1. Hola.

      Lo desconozco. No sé que tipo de fondos de inversión se tratará, me imagino que te han hablado de algúna gestora o fondo domiciliado en el extranjero. No tiene por qué habrer na raro.

      Un saludo.

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  8. Yo lo que quiero saber una cosa. En el momento en que recupere el dinero de ese fondo que es lo que tengo que declarar a hacienda. Tengo un fondo desde hace 1o años

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    1. En función de la plusvalía latente, el comercializador practicará la retención a cuenta correspondiente. Si es inferior a 6.000€ será un 21%.

      Dado que este rendimiento forma parte de la base dela horro y es a tipo fijo, no tendrás que pagar más a Hacienda.

      Pero sin emabrgo si que podrás aplicarte un pequeña compensación transitoria al cambio de Ley en 2007, por la que puedes reducirte un poco los rendimientos por generación de ganancias patrimoniales generadas en periodo de mas de 2 años y anteriores al 01/01/2007.

      Los bancos suelen tener simuladores fiscales para calcular el impacto del reembolso.

      Un saludo.

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  9. En general si estoy de acuerdo en lo que dices y me parece buen artículo pero habría que afinar un poco más con el tema de la fiscalidad. Por ejemplo nº de partícipes mínimo 500 etc...

    http://www.abanfin.com/?tit=fondos-de-inversion-fiscalidad-de-productos-bancarios&name=Manuales&fid=ip0acaf&asPage

    Otra ventaja a tener en cuenta es la posibilidad de cambiar de estrategia como ya comentas por ejemplo: largo renta variable Japón a mercado monetario.

    También habría que considerar otros factores como comisiones de suscripción y reembolso, tipo de activos en cartera, posición en cada uno de ellos, comisiones de gestión, riesgo divisa...

    Saludos y enhorabuena por tu artículo.

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  10. Felicidades por el artículo. Blog excepcional

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  11. Hola,

    a mi me surge una duda con la fiscalidad del traspaso de fondos y su fiscalidad.
    Si traspaso Fondo A a Fondo B y reembolso el Fondo B.

    cuando hago una simulación fiscal en mi banco, Bankinter, me aparecen fechas y números muy raros.

    es como si el banco hiciera un prorrateo del valor de compra, pero con los VL Fondo B, y asignando fecha completamente nuevas.

    Podrías explicar cómo se hace dicho prorrateo?

    Saludos y gracias

    Richard Lukonde

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  12. Hola,

    tengo una duda, y es que cuando obtenemos un 4,13% mas de inversión en un fondo de inversión respecto a un depósito o bono de plazo fijo a los 5 años:

    12166.53>11683,06

    ¿Es que a los 2166,53 de beneficio del fondo de inversión no le aplicamos el impuesto del 21%?

    Porque si a 2166,53 le aplicamos un 21% nos quedarían 1711,55 de beneficio respecto a los 1683,06.

    ¿Esta bien mi razonamiento?

    Muchas gracias, un saludo

    Jorge

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    1. Buenas Jorge,

      Lo que ocurre en la comparativa con reinversión entre depósitos-bonos frente a fondos de inversión, es que en el fondo no materializas la plusvalía año a año, sino que queda latente en el valor patrimonial del fondo.

      Por este motivo no se aplica retención en la ganancia del fondo. Y eso hace que comparativamente el fondo de inversión genere un rendimiento mayor, por el efecto de capitalización compuesta sobre una base mayor.

      Un saludo.

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  13. Hola,
    tengo una duda, si vemos en el ejemplo primero de rentabilidad garantizada por un fondo del 4% y pensamos disponer del dinero al final del periodo, creo que no sale más rentable el fondo de inversión en un caso más real:

    1) Debemos aplicar primero una comisión de entrada en el fondo, por ejemplo de un 1,75%, por lo que tu dinero pasa de 10.000€ a 9.825€.

    2) Si le aplicamos un 4% anual y no reembolsamos nada en 5 años, esos 9.825 se nos convierten en 11.953€.

    3) Como quiero disponer de mi dinero en cuenta corriente sin invertirlo en nada más, al sacar el dinero del fondo tendre que pagar a hacienda el 21%.
    Es decir, la plusvalía que es 1.953€ menos el 21%, se nos queda en 1.543€.

    Es decir si invierto en el fondo a los 5 años me quedan 11.543€. En cambio, en el depósito si ni siquiera reinvierto los intereses me queda 11.580€. Y eso que no he aplicado otras comisiones que cobran los fondos, como la de depósito....

    Corrígeme si me equivoco. Gracias.

    Saludos

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  14. Hola os queria pregunta haber si me podeis responder, queria saber si hay alguna forma de Fondo, o similar que tenga el mismo apalancamiento que un Futuro, por lo siguiente, yo queria hacer una inversion a varios años no especulativa, con el perfil de un fondo de inversión de renta variable, pero invirtiendo una cantidad de dinero unas 10 veces inferior con el apalancamiento que te puede dar un futuro, osea pongamos que tengo 300.000€ y los quiero invertir en Renta variable, pero eso equivale a 3 Futuros del Ibex, entonces pensaba en ese dinero ponerlo en un deposito y el equivalente comprarlo en 3 Futuros de ibex, e ir renovandolos cada 3 meses asi hasta 5 años, el problema que tributare con el grabamen hasta 1 año porque cada 3 meses renuevo, mi busqueda hiria encaminada a un Fondo que custodiara mis Futuros y me fuera haciendo el cambio de vencimiento trimestral, pero sin yo tributar ya que esta dentro de un fondo que mueve su cartera, y por ello me cobre por la custodia y cambio de vencimiento, osea algo que tenga apalancamiento a largo plazo, pero que no sea una opción, Warrant o similar que le afecten otras variables como tiempo, o volatilidad..

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  15. Cuelgo el mensaje de nuevo Aclarandolo mejor:

    Hola, les queria consultar haber si me pueden ayudar, queria saber si hay alguna forma de Fondo, o producto similar aunque sea fuera de España, que tenga el mismo apalancamiento que un Futuro, por lo siguiente, yo queria hacer una inversion a varios años no especulativa, para compensarla si tengo beneficios con una minusvalia por renta inmobiliaria que tengo pero a más de un año.
    He visto que en el mercado NO hay Futuros a más de un año, y si los hubiera se irian de precio, porque nadie especula a un año vista, y la horquilla seria prohibitiva, los buscaba para compensar un producto a más de un año con mis minusvalias inmobiliarias tambien a más de un año, pero para no invertir el total del capital.

    Lo queria con el perfil de un fondo de inversión de renta variable, pero invirtiendo una cantidad de dinero unas 5 veces inferior con el apalancamiento que te puede dar un futuro.

    Osea pongamos que tengo 300.000€ y los quiero invertir en Renta variable, pero eso equivale a 3 Futuros del Ibex, entonces pensaba ese dinero tenerlo en un deposito, y el equivalente comprarlo en 3 Futuros de ibex, e ir renovandolos cada 3 meses asi hasta 4-5 años, el problema que tributare con el gravamen hasta 1 año porque cada 3 meses renuevo. Mi busqueda iria encaminada a un Fondo que custodiara mis Futuros o me ofreciera una cartera de los suyos, y me fuera haciendo el cambio de vencimiento trimestral, pero sin yo tributar ya que esta dentro de un fondo que mueve su cartera, y por ello me cobre por la custodia y cambio de vencimiento, osea algo que tenga apalancamiento a largo plazo, pero que no me oblige a invertir todo el dinero con el mismo resultado que da un Futuro, pero que no sea una Opción, Warrant o similar que le afecten otras variables como tiempo, o volatilidad…

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    1. Muy buenas Jesús.

      Las gestoras de fondos y creadores de productos en banca de inversión usan lo que se conocen futuros roll over o sucesiones de contratos.

      Sin entrar a valorar la idoneidad o no de realizar operaciones con un riesgo de ese calibre, si que te diré, que si existe un producto en el mercado con las características que buscas es sólo para inversores profesionales.

      Lo mas pareceido que puedes encontrar en el mercado minorista, son fondos de gestión activa de RV con coberturas o hedge funds (Cuya comercializacióbn está muy restringida).

      Te miro a ver si hay algún fondo que tenga el 100% de cartera en CFDs, pero lo que buscas es "droga dura". En alguna banca privada te podrían hacer un producto a medida, pero por menos de 500K ni se van a sentar a hablar contigo.

      Un saludo.

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  16. En el primer ejemplo te falta decir que cuando canceles el fondo te van a hacer retención así que de 4.13 nada de nada. Esto parece el cuento de la lechera
    Salu2

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    1. Y quien dice que haya que hacer el reembolso total. Pensar siempre en cancelar la posición, es una evidencia de que nos falta conocimientos y cultura inversora.

      Si se trata de un dinero que no necesitas y es un ahorro a largo plazo, ¿para que vas a materializar totalmente las plusvalías?. Las personas que mueven patrimoniso con ciertas cantidades de dinero, jamás salen de los fondos de inversión. Se evitan el peaje fiscal pasando de un fondo a otro y sólo reembolsan cuando les hace realmente alguna cantidad de dinero.

      Un saludo.

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  17. Hola buenas tardes
    Alguien me puede decir si puedo deducir del beneficio obtenido por la venta de un fondo la comisión por reembolso anticipado.
    Gracias

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    1. Sí, minora tu ganancia patrimonial o incrementa tu misnusvalía.

      Un saludo.

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