En la mañana del pasado 21 de diciembre,
jornada anclada temporalmente en el ya histórico año 2016, el Tribunal de
Justicia de la Unión Europea se pronunció. La resolución al respecto dejó
indiferentes a pocos.
La banca debe devolver a sus clientes el
importe total de lo que percibieron gracias a las cláusulas suelo, ese tipo integrado en algunas hipotecas, gracias
al que, pese al descenso de los tipos de interés en el mercado, los clientes
tenían que seguir pagando más dinero. Ahora, parece que la Justicia les ha
quitado razón.
En mayo de 2013, nuestro Tribunal
Supremo se pronunció (y no precisamente a favor) sobre estas cláusulas, pero al
mismo tiempo, y por desgracia, redujo en el tiempo las compensaciones
pertinentes a los ciudadanos afectados.
A pesar de considerar el hecho (o eso se
supone) de que los damnificados portaban razón, y que estos términos eran del
todo excesivos, el Supremo limitó precisamente a este mes de 2013 las
compensaciones.
Así, todo lo que se hubiera abonado de
forma irregular desde la rúbrica de los contratos hasta aquel momento no podía
ser demandado. Sin duda, una tesitura más que embarazosa para no pocos
ciudadanos. Acceda con un clic al despacho de abogados NoguesAbogados para mantenerse
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El Tribunal Supremo se justificaba
haciendo énfasis en las difíciles consecuencias macroeconómicas para una nación
cuyo sistema financiero había sido rescatado previamente hacía poco.
Sin embargo, el alto tribunal de
Luxemburgo, sentenció que las entidades bancarias implicadas en tales prácticas
deben devolver todo el dinero a sus clientes, por considerar que la
jurisprudencia de España no opera con la velocidad necesaria para garantizar el
correcto desarrollo del proceso, viéndose así perjudicadas, y un tanto
indefensas, las personas involucradas. Por lo tanto, y a expensas de que se
ejecute definitivamente, buenas noticias para muchos…
En base a un estudio del Banco de
España, el cual no ha sido publicado oficialmente por el momento, pero que fue
expuesto por las distintas partes en la vista oral, el coste absoluto podría
estar ubicado entre los cinco mil y los siete mil millones de euros (por
retroactividad), los cuales habrían de añadirse a los más de dos mil quinientos
que ya se han desembolsado.
No obstante, el regulador bancario
estima que la cantidad puede rebasar la barrera de los cuatro mil millones en
cuanto a indemnizaciones (aproximadamente unos cuatro mil doscientos).
A los bancos les toca en este momento
meditar. La sentencia es un duro golpe para una banca nacional bajo sospecha
desde hace tiempo a ojos de diferentes espectros poblacionales, ya que afecta a
un gran número de personas. Después del primer impacto, en las entidades se
estudia cómo actuar casi en cada caso particular. Pretender ir caso a caso,
valga la redundancia, estudiando cantidades y modos de pago.
Desde que se la crisis comenzara en
2008, los bancos han estado en el ojo del huracán por diferentes prácticas como
las preferentes, la deuda subordinada, distintas obligaciones, y ahora, por las
cláusulas suelo.
Al tiempo corresponderá que podamos
comprobar cómo termina este engorroso asunto…
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Me parece un gran golpe que puede que afecte de gran forma a la puntuación del Ibex
ResponderEliminarNo tiene por qué. Tan sólo afectará a la banca. Que bajará en cotización por la revisión a la baja de sus beneficios.
EliminarY claro, como la banca "sólo" supone más del 25% de la ponderación del índice, pues el IBEX no lo va a notar, claro que no ;(
EliminarLo notará, pero no tanto como imaginas. Porque el peso que representa la banca doméstica española en las cuentas de resultados de bancos tan globales como BBVA y Santander, que son los que mas ponderación tienen en el Ibex35 del sectorial bancario, es mínimo.
EliminarUn saludo.
Al final son estos dos bancos los que lo van a manejar absolutamente todo.....si no, al tiempo....
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