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Cómo hay que declarar los ingresos por cursos, charlas y conferencias



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Si trabajas por cuenta ajena y has tenido algún ingreso extra impartiendo formación, dando algún curso, como conferenciante o dando alguna charla, es posible que no sepas como declarar estos rendimientos en tu declaración de la renta.

Lo cierto es que a veces son cosas puntuales, de las que cuando llega la hora de rendir cuentas con Hacienda, uno ya ni se acuerda. Pequeños ingresos que generan quebraderos de cabeza y dudas. 

¿Me debería haber dado de alta como autónomo? ¿Debería haber presentado el modelo 037 para darme de alta en algún epígrafe de enseñanza como actividad económica?

Bueno, pues vamos a ver cómo hay que declarar esos ingresos por cursos charlas y conferencias y te aclaro algunas dudas más. 

Si echas un vistazo a la Ley del IRPF, verás que el artículo 17.2 c) dice que se consideran rendimientos de trabajo, los rendimientos derivados de impartir cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares

Por otro lado el artículo 17.3, aclara que cuando esos trabajos supongan la ordenación por cuenta propia de recursos humanos y medios de producción o uno de ambos con el fin de intervenir en la producción o distribución de bienes y servicios, se considerarán rendimientos de actividades económicas. 

Como norma general, la duda se desata cuando al solicitar y descargar los datos fiscales para hacer la declaración de la renta, Hacienda te pide que indiques si esos ingresos por cursos y conferencias son rendimientos de trabajo o rendimientos derivados de una actividad económica. 

En caso no trasladar la información como rendimientos de trabajo, tendrías que hacer y presentar la declaración de la renta con el programa PADRE.

En la mayoría de los casos, esos ingresos por charlas, cursos y conferencias, van a ser colaboraciones que has realizados de forma esporádica y no representan tu actividad profesional y laboral principal. Por lo que no sería necesario haberse dado de alta en Hacienda, ni en la Seguridad Social. 

Y por tanto aunque hayas tenido algún ingreso de esta especie, vas a poder trasladar la información a rendimientos de trabajo y presentar el borrador sin problema.

En el caso más habitual de trabajos formativos esporádicos, el organizador o centro coordinador del curso, seminario o conferencia, te suele pedir que le emitas un recibo o factura normalmente sin IVA, pero aplicando la retención correspondiente de IRPF por servicios profesionales. Actualmente un 15%. Que es lo que luego el centro organizador pagador del servicio de colaboración, ingresará a Hacienda mediante el modelo 111 y después informará también en el resumen anual con el modelo 190, para que luego aparezca en los datos fiscales e incorporarlos a tu declaración de la renta. 

Como aclaración, te diré que para que esa factura que tienes que emitir repercutas IVA o no, depende de si se trata de uno de los casos exentos según el artículo 20.9 de la Ley del IVA 37/1992. Que en resumidas cuentas viene a decir, que estarán exentas de IVA, las facturas sobre servicios de enseñanza que traten materias recogidas en los planes de estudio de cualquiera de los niveles o grados del sistema educativo español y que establece el Ministerio de Cultura, educación y deporte. 

Eso sí, si no trabajas por cuenta ajena y das algún servicio de formación como colaborador, del tipo que sea, charlas, cursos, seminarios, etc., entonces si se considera actividad económica y debes darte del alta al menos en Hacienda.  

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8 Comentarios

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  1. hola, que límite de los rendimientos derivados de impartir cursos, conferencias, etc se puede imputar como rendimiento de trabajo..?

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  2. he visto 2000euros al año, 6000eruos al año y hay quien dice que no hay limite , ... por lo que no me queda claro. Yo soy trabajador por cuenta ajena e igual doy 4-5 cursos o charlas al año..

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    1. Tiene que ser una actividad que no sea habitual y no represente la mayor fuente de tus ingresos. Mientras cumplas eso, no tienes por que darte de alta en la actividad económica y puedes declararlo, sumando a los rendimientos del trabajo. Un saludo.

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  3. buenas tardes a todos. Si la actividad es de cursos, seminarios y similares alguien sabe que epígrafe es para darse de alta en hacienda??
    Muchas gracias

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    1. Si no va a ser algo puntual y te quieres dar de alta en Hacienda en una actividad profesional, puedes escoger el epígrafe 826.2 de personal docente de enseñanzas diversas.

      Un saludo.

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  4. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  5. Hice un curso puntual en una empresa y ahora que quiero verificar el borrador de la Renta en el programa padre, en éste, antes de nada me aparece una pantalla con los datos de ese curso (Código, info del pagador, clave G1, parte económica) con título "Actividades Económicas" y una casilla para incorporarlo o no (imagino que a la declaración). Debo Seleccionar "No" y, más adelante podré incorporarlo como rendimientos de trabajo?

    Muchas gracias y un saludo.

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    1. Hola,

      Al entrar en el renta web, te da la opción de confirmar si quieres declararlo como actividades económica o que se agregue a los rendimientos del trabajo.

      Si te equivocas, luego puedes añadirlo manualmente en el apartado de rendimientos de trabajo.

      Un saludo.

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