El 20 de enero se publicó en el BOE el
Real Decreto Ley 1/2017, de medias urgentes de protección a consumidores, en relación
con las denominadas cláusulas suelo de
algunas hipotecas. Que impide que los tipos de interés bajen por debajo de
una referencia establecida en contrato y que haya sido considerada abusiva y
nula.
Por tanto, si tienes una hipoteca con
una limitación de bajada en el tipo de interés, estas de enhorabuena, porque podrás
solicitar la devolución de la cláusula
suelo cobrada por tu banco. Y en consecuencia que te devuelvan los
intereses indebidamente cobrados, durante el periodo que se te haya aplicado.
El problema de lo positivo de la devolución de las cláusulas suelo, es
que esa retracción de intereses cobrados, va a tener un impacto fiscal en tu
IRPF. Dependiendo de la forma en que se haga, el tratamiento fiscal de la
devolución de la cláusula suelo, variará.
Por tanto, ahora que falta poco para
que comience la campaña de la declaración de la renta, sí que quiero explicarte
como te puede afectar en el IRPF y si te corresponde hacer algo en relación con
los últimos ejercicios fiscales o no. No vaya a ser que un problema con
Hacienda por este tema, te amargue la satisfacción de recuperar los intereses
indebidamente cobrados.
Lo primero de todo, es que tanto si
se produce por sentencia judicial o por acuerdo con el banco, no tienes que
incluir los intereses de la devolución
de la cláusula suelo en la declaración de la renta.
En caso de que tu banco te devuelva
los intereses reduciéndote el capital de tu hipoteca, no podrás sumar ese
importe, a efectos de deducción por inversión en vivienda habitual, aunque tuvieses
derecho por tu fecha de adquisición. Esto es de lógica, pero lo menciono,
porque siempre hay alguien que quiere sacar más partido del que le toca.
Pero puede tocarte hacer una declaración complementaria por cláusulas
suelo, si en los últimos cuatro años fiscales no prescritos, te aplicaste
deducción por adquisición por vivienda.
Dicho con otras palabras. Si en su
día estos intereses que te devuelven ahora, te sirvieron para pagar menos o que
te devolviesen más dinero en la declaración de la renta, tendrás que devolverle
a Hacienda el beneficio que te supuso incluirlos en tu IRPF.
Eso sí, hacerlo no tendrá recargo,
sanciones, ni se aplicarán intereses de demora. En el caso de que te devuelvan las cláusulas suelo antes del
inicio de la campaña de la renta de este año, tienes hasta el 30 de junio para presentar
las declaraciones complementarias. En caso de que te devuelvan los intereses más
tarde, tendrías de plazo hasta el 30 de junio de 2018.
Como en el caso de la devolución de
las preferentes, puede que algunas situaciones sean un poco complejas. Por lo
que te recomiendo que vaya a un asesor fiscal, aunque eso suponga invertir un
poco de dinero en los servicios de un profesional.
Cabe la duda de cómo tributa la devolución de la cláusula suelo, por los intereses
que te hayan cobrado todavía este año, en el supuesto de que tengas derecho a
deducción por vivienda.
Si reclamas
y consigues el acuerdo antes del 30 de junio de 2017, los intereses cobrados no
formarán parte de la bases para la deducción por adquisición de vivienda
habitual, ni serán gastos deducibles en el IRPF de ningún modo.
Por dejar un par de ideas claras
sobre el tratamiento fiscal de la
devolución de la cláusula suelo. Si no te aplicas deducción por vivienda,
si te devuelven en efectivo, no tienes que hacer nada. Ni lo metes en la renta
del año en el que te paga el banco la devolución
de la cláusula suelo, ni tienes que hacer complementarias de años anteriores.
En el caso de que sí que tengas
derecho a deducción por vivienda, yo lo que haría sería pedir pago en efectivo
y después amortizar hipoteca este año para deducírtelo. Porque si te lo reducen
directamente de hipoteca, no te lo puedes deducir. Las complementarias las tendrás
que hacer de todas formas.
Como ves, siempre hay que contar con
la Agencia Tributaria como tercero en discordia, en las resoluciones favorables
sobre cláusulas abusivas con los bancos. Así que no te descuides en ese tema
para no llevarte disgustos.
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En la hacienda vasca se ha acordado no contabilizar esas deducciones, es decir dejar las cosas como están independientemente de que se devuelvan importes.
ResponderEliminarArtículo interesante. En el pasado durante la crisis de 2009 pensé en comprar tierras en España, pero no lo hice.
ResponderEliminarAfortunadamente ya recuperé mi cláusula. 2000 euros no me han caído nada mal.
ResponderEliminarLa regularización de las deducciones por ladevolución de intereses por el IRPH ¿funciona igual que las cláusulas suelo?
ResponderEliminarComo siempre, toca reclamar para que te devuelvan lo que justamente mereces. El sistema de hacienda española deja mucho que desear y satura las instituciones, creando más gasto del que creen ahorrar al forzar al ciudadano a reclamar y reclamar constantemente...
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