Hace unas semanas, asistí a la firma de una compraventa. Vencido
el tiempo para elevar el acuerdo a escritura pública, el vendedor le pidió al
comprador más tiempo para hacer la mudanza. Ya que se trataba de dos
operaciones en cadena. El vendedor se mudaba y compraba un piso nuevo, del que
se había retrasado la entrega.
Por acuerdo entre las partes, decidieron recoger en la
escritura que los propietarios vendedores, permaneciesen en precario tres meses
más. El término me hizo bastante gracia. Pero cuando cedes una vivienda de tu
propiedad para que otro viva gratuitamente, quien ocupa el inmueble, se dice
que vive en precario. Seguro que lo has escuchado alguna vez.
En ese caso que comento, basándose en la confianza que les
habían trasmitido los vendedores y en la buena fe, accedieron a que los
vendedores permaneciesen más tiempo en la vivienda sin contraprestación alguna.
Lamentablemente, las cosas se complicaron.
La constructora tuvo problemas a la hora de inscribir la obra nueva el Registro de la propiedad. Los plazos previstos se alargaron. En el tiempo de espera, el cabeza de familia perdió su empleo. Y para cuando hubo que escriturar, el banco ya no les daba la hipoteca. Así que los vendedores, vencido el plazo fijado, ya no querían irse del inmueble.
Sólo había una solución. Buscar urgentemente “abogado desahucio precario”
y cruzar los dedos para encontrar un despacho
de abogados especializado en desahucios con disponibilidad para asesorarles
legalmente en el proceso de desahucio
por precario.
Contactaron con JR Abogados, especialistas en desahucios por
impago de rentas y okupas. Dirigido por el prestigioso letrado Don José Ramón
Felipe Condés. En Madrid. Y rápidamente pudieron resolverlo, sin grandes
perjuicios para los compradores. Pero en ocasiones, no es difícil que si los
ocupantes usuarios del inmueble no colaboran y no se cuenta con el
asesoramiento adecuado, los plazos se extiendan más allá de medio año.
¿Qué causas pueden desencadenar un proceso de desahucio?
En la historia que te he relatado anteriormente, puede verse
cualquier persona. Es una situación que nadie espera. Y en la que nadie se
imaginaría que tendría problemas.
Pero tampoco lo es cuando un familiar cede a otro el uso de
una vivienda y luego este no se quiere marchar. O procesos de herencias de
inmuebles, donde la persona a la que se le había cedido el uso de un
determinado inmueble se lo deja a un amigo, y luego no quiere irse o se ve en una circunstancia
que le imposibilita dejar la vivienda.
Quiero decir con esto, que más allá del tipo de situaciones
que te puedas imaginar. Como el impago de rentas del inquilino o la ocupación
de un inmueble de tu propiedad sin tu consentimiento, puedes verte obligado a iniciar
un proceso de desahucio. Incluso cuando hayas cedido consciente y gratuitamente
el uso de un inmueble del que ostentas el título de propiedad. En este caso,
desahucio por precario.
Mi recomendación, es que en la medida de lo posible, busques
siempre consejo legal. Por mucha confianza que tengas con la persona que sea a
la que le vas a dejar vivir gratuitamente en un piso. Porque se pueden dar
situaciones complejas e inesperadas.
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