España goza a día de hoy de uno de los mejores sistemas públicos de pensiones del mundo. El importe de las pensiones que cobran nuestros mayores cuando llegan a la jubilación, alcanza aproximadamente el 80% de las rentas de trabajo que cobraron en sus últimos años de vida laboral. Esa tasa de sustitución es una de las mas altas de entre el resto de países desarrollados. De hecho la tasa de sustitución en el resto de Europa está en torno a un 40%, y es previsible que en España tendamos a esos porcentajes en el futuro.
¿Por qué? Muy sencillo, el gasto público en pensiones es mayor porque cada vez vivimos más años y los que generan los recursos para generar los ingresos con sus cotizaciones son menos. La demografía es un factor clave. Mayor esperanza de vida y menor natalidad nos lleva necesariamente a que o se reducen las prestaciones por jubilación o los fondos se agotarán pronto. No nos engañemos, estamos viviendo una ilusión transitoria gracias a nuestra envidiable economía del bienestar.
Quedarse de brazos cruzados lamentándose no es una solución. En otros países llevan años con pensión pública de mínimos y por eso saben bien lo que es ahorrar para mantener su nivel de vida en términos razonables. Para planificar la jubilación hay múltiples formas y productos. Planes individuales de ahorro sistemático (PIAS), seguros de rentas vitalicias, planes de previsión asegurados (PPA) o los conocidos planes de pensiones. Sea como sea lo mas importante es empezar cuanto antes y ponerse en manos de un profesional que nos asesore como invertir y que producto escoger. Ventajas y desventajas de planificar la jubilación mediante un plan de pensiones:
LOS PROS
1) La fiscalidad. Los planes de pensiones son unos de los pocos productos que permiten una mejora fiscal en el IRPF. Además a buen seguro los gobiernos conocedores de la paulatina reducción del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, se verán obligados en el futuro a plantear reformas fiscales que incentiven en mayor medida el ahorro privado para la jubilación y un tratamiento mas favorable en el rescate.
2) La flexibilidad. En contra de lo que mucha gente piensa, los planes de pensiones son vehículos de inversión tremendamente versátiles. Se pueden cambiar a cualquier tipo de inversión en cualquier momento (Renta variable, fija, mixta…), se pueden movilizar entre entidades total o parcialmente, se pueden cambiar a otras modalidades de inversión como los PPAs, se puede cambiar de gestora cuando se quiera, se puede aportar o no aportar. Y por supuesto se pueden tener varios planes de pensiones.
3) Gestión profesional. Al contratar un plan de pensiones de deja el ahorro en manos de un experto que gestionará el capital para conseguir el mayor rendimiento y al menor coste. Algo que como particulares no es posible replicar por nuestra cuenta, por conocimientos y volumen de capital invertido.
4) Los planes de pensiones son inembargables, la Ley lo prohíbe. Una propiedad muy interesante en los tiempos que corren.
5) Los planes de pensiones, así como los EPSV no tributan en sucesiones. Una curiosa característica utilizada por los grandes patrimonios para dejar un dinero en herencia (se pueden declarar como beneficiarios a terceras personas), que además permite al partícipe deducirse de lo aportado antes de su fallecimiento.
LOS CONTRAS
1) Me puede hacer falta. La propia desventaja es un ventaja en si misma. En un ahorro a largo plazo lo principal es que el capital sólo pueda ser empleado para determinadas circunstancias. Si estuviese completamente disponible, cualquier imprevisto podría llevarse por delante los ahorros para la jubilación y esa no es la idea.
2) Que es un engaño. El ahorro fiscal que te dan por un lado te lo quitan por otro cuando lo rescatan. Este es un mito muy extendido que procede de las quejas de quienes lo han reembolsado de golpe al cumplirse la contingencia de rescate. Algo muy común y que es un grave error, ya que la idea del ahorro a largo plazo pretende complementar la pensión mes a mes para mantener un determinado nivel de vida. Y que además de muestra que en España muy raras veces se acude a un asesor financiero para que estudie la forma de rescate mas inteligente para que tenga el menor impacto en su IRPF.
3) Ya lo ahorro yo por mi cuenta que seguro que me renta más. Esta es otra objeción habitual y bastante cuestionable. En primer lugar se estaría renunciando al ahorro fiscal que va desde el 24% al 47%. En segundo lugar, salvo alguna excepción, es raro que de forma sostenida y a largo plazo se consigan mejores rendimientos que el que obtienen los profesionales. Y además se expone a más riesgos.
CRÍTICAS
-Es preciso una reforma urgente que prime el ahorro privado como ocurre en otros muchos países.
-ES necesario que gestoras y entidades comercializadoras se esfuercen en diseñar productos que ofrezcan rentabilidades más atractivas, más allá de las campañas de marketing que regalan un jamón o un plancha por contratar o trasladar un plan de pensiones.
-Urge una mejoría en la educación financiera de los españoles, para que tomen conciencia de la necesidad de planificar su jubilación, acudir a un asesor que les oriente y tengan los conocimientos mínimos necesarios para valorar entre las opciones planteadas.
¿Cuál crees tú que es la mejor forma para ahorrar para la jubilación?
"3) Ya lo ahorro yo por mi cuenta que seguro que me renta más. Esta es otra objeción habitual y bastante cuestionable. En primer lugar se estaría renunciando al ahorro fiscal que va desde el 24% al 47%. En segundo lugar, salvo alguna excepción, es raro que de forma sostenida y a largo plazo se consigan mejores rendimientos que el que obtienen los profesionales. Y además se expone a más riesgos."
ResponderEliminarAnda ya!!!!!!!!!!! es mejor tenerlo en casita es mas seguro. Ese 24, 47 por ciento es el mínimo q te pueden robar según les de, ¿no?
Buenos días,
ResponderEliminarMe encantan estos temas... pero como todos tengo muchas dudas.
Entonces, el plan de pensiones bien... desgrava. Pero cuando llegue el momento de la jubilación y lo rescate, ¿tengo que devolver lo desgravado?
Lo que yo entiendo es que si llegada la jubilación decides el rescate total, tienes que pagar. Pero si lo pides como renta mensual, no. ¿Es así, o estoy equivocada?
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