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Cómo y cuándo presentar una solicitud de ingresos indebidos a Hacienda


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Estando ya próximos a la finalización de la campaña de la renta 2013, conviene recordar, como se pueden subsanar los errores u omisiones en las autoliquidaciones de IRPF ya presentadas. 

Ya sea porque se ha confirmado el borrador de la declaración de la renta en los primeros días o porque no siendo un experto en materia fiscal, te has dado cuenta de que después de presentar la declaración se ha consignado erróneamente algunos datos, puede que hayas hecho mal tu declaración.

Por querer quitárselo de en medio rápido,  por querer cobrar cuanto antes o porque has confiando en una persona para que te haga la declaración que supuestamente sabe más que tú, asesores fiscales que intentan acaparar más de lo que pueden gestionar, etc., pueden omitirse deducciones o declararse de forma incorrecta algunos hechos imponibles. 

En función de quien sea el perjudicado de dichos errores u omisiones, el cauce y procedimiento para subsanarlo es distinto. 

En este caso me voy a centrar en aquellos casos en los que tú eres el perjudicado como contribuyente. Ya sea que debiste pagar menos o que olvidaste incluir algún apartado porque te correspondía una devolución mayor, no te preocupes. Puedes subsanarlo con una solicitud de ingresos indebidos a Hacienda. Vamos a ver como se hace y que plazos existen para presentar la solicitud. 

Del mismo modo que Hacienda puede revisar tus autoliquidaciones de los últimos cuatro años, porque has entrado en un control aleatorio o ha saltado un filtro que ocasiona la inspección, tú también puedes arreglar tus declaraciones de los últimos cuatro años. 

En caso de que la declaración de la renta que hay que subsanar se haya presentado en el correspondiente periodo de la campaña de la renta, el plazo de cuatro años es a contar desde la finalización de la misma. 

Si la presentaste fuera de plazo, el plazo de los cuatro años en los que puedes solicitar la devolución de ingresos indebidos a Hacienda, comienza a contar desde el día siguiente. 

El procedimiento de solicitud de devolución de ingresos indebidos, lo puedes iniciar tú como interesado o como  heredero legal de un familiar fallecido. 

La solicitud de instrumenta mediante un escrito dirigido al órgano de Gestión Tributaria o a la Delegación de Hacienda correspondiente. En él, debes describir los errores u omisiones que justifican la solicitud. Y en su caso, si procede acompañarlo de los justificantes oportunos que lo acrediten. En caso contrario Hacienda o el organismo al que se dirige la solicitud, podrá contestar exigiendo la presentación de documentación suficiente. 

La presentación de la solicitud de ingresos indebidos a AEAT, la puedes presentar telemáticamente, en cualquier delegación de Hacienda o en cualquier otro registro oficial reconocidos a tal efecto, como pueden ser los registros de la Subdelegación de Gobierno o registros autonómicos

Los datos más relevantes para identificar las autoliquidaciones impugnadas que conviene que incluyas en tu solicitud son:

Modelo de la declaración-liquidación o autoliquidación presentada por el contribuyente (en este caso modelo 100), objeto de la solicitud, Referencia (número que consta en el documento de ingreso o devolución de la declaración-liquidación), Ejercicio, Período, Importe y Fecha.

El plazo de resolución es de 6 meses. Si no hay contestación antes de ese plazo se entiende denegada por lo que se conoce por silencio administrativo, pudiendo presentarse igualmente recurso económico-administrativo una vez ha transcurrido ese plazo. 

La solicitud de ingresos indebidos a Hacienda, puede ser aceptada directamente abonando la cantidad solicitada más intereses o puedes recibir contestación de una propuesta de liquidación alternativa remitida por la Agencia Tributaria. 

Como ves, la solicitud de ingresos indebidos a hacienda, es un procedimiento muy interesante que conviene conocer. Puesto que dado que se trata de autoliquidaciones, la ocurrencia de errores u omisiones, por desconocimiento, errores aritméticos o de consignación son más frecuentes de lo que puede parecer. 

Revisa las declaraciones de la renta de los últimos cuatro años y si encuentras algún error en tu contra que suponga una cantidad a ingresar inferior o una cantidad a devolver mayor, ya saber lo que puedes hacer. 

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