En el mundo anglosajón es habitual montar estructuras legales
que protegen la identidad del verdadero propietario o beneficiario real de los
derechos de la empresa. Son los conocidos trust.
En España sin embargo, esta figura no existe como tal. Pero hay una forma en la
que se puede crear una empresa sin que aparezca
tu nombre ni en los cargos ni en el accionariado, asimilando su
funcionalidad a la del trust. Y manteniendo totalmente el control de la misma.
¿Por qué te puede
interesar saber cómo crear una empresa en España y no figurar por ninguna
parte?
Puede que estés pensando en montar
un negocio o un plan B en paralelo a un trabajo por cuenta ajena y no quieras
se enteren en la empresa en la que trabajas de lo que estás haciendo o
sencillamente, es incompatible con tu actual empleo y podría suponer tu
despido. Pero quieres ver si funciona tu idea de negocio antes de dar el salto
al vacío.
Es posible que también quieras crear una sociedad limitada y permanecer en el anonimato, simplemente porque
quieres proteger tu dinero y tu patrimonio. Para por ejemplo evitar que tu pareja sepa lo
todo lo que tienes y que si en un futuro van mal las cosas, no pueda ir a por
todo tu patrimonio. Presentando una situación financiera y patrimonial peor, de
lo que realmente es. Porque quieres tener privacidad. O para evitar que te
embarguen determinados bienes y propiedades por procesos judiciales o por la
puesta en práctica de decisiones políticas que puedan amenazar tus propiedades.
No te estoy hablando de hacer nada ilegal. Todo lo contrario.
Simplemente quiero explicar de cómo puedes proteger
tu identidad sobre la propiedad de una empresa o negocio, conociendo bien cómo
funciona este proceso que te permite la Ley, pero que pocos conocen.
Pasos para crear una empresa
y permanecer en el anonimato
- En primer lugar encargas a un tercero que cree una sociedad o buscas una sociedad limitada con cierto tiempo en funcionamiento que alguien quiera vender (Hay empresas que se dedican a constituir empresas de nueva creación para su venta con un administrador y su carta de cese)
- Compras esa sociedad constituida
- Nombras a un administrador (un tercero, un familiar, un amigo o un conocido)
- Ese administrador te deja firmada una carta de renuncia o cese sin fecha
- Compras una parte significativa de las acciones de esa empresa o casi el 100%
- El administrador te da un poder específico pero amplio, para que operes en representación de la empresa sin límites
- Puedes dar orden de inscribir en le Reg. Mercantil un nuevo administrador cuando quieras. Tienes la carta de cese firmada sin fecha por el administrador previo.
- Tienes una escritura pública de la compra de acciones de esa sociedad y puedes enseñársela a quien quieras para acreditar que eres el dueño.
Hasta aquí ¿todo claro? Un par de matizaciones si quieres crear una empresa y ocultar tu
participación en ella.
Cuando compras las participaciones de la sociedad, no puedes
comprar todas las acciones tú sólo. Porque de otro modo, se convertiría en una
sociedad unipersonal. Y en eses caso, la venta de esa empresa sí que se inscribe
en el Registro Mercantil y aparecería como información pública.
Pero si quieres ser totalmente anónimo, basta con que tú
adquieras por ejemplo el 99% de las acciones y otra persona física o persona
jurídica, el otro 1%. De este modo nadie puede saber que la empresa es tuya.
Aunque si alguien te lo requiere o lo necesitas, siempre puedes enseñar tu escritura
de compra de acciones, para demostrar que eres el propietario. Pero sólo si tú
quieres que alguien lo sepa. Para los demás, tú en esa empresa no existes.
Por otro lado, el poder que te confiere el administrador
saliente, no puede ser un poder general. Pues las entidades financieras, pueden
exigir que ese poder general se inscriba en el Registro Mercantil y eso haría
que quedases al descubierto. Por esa razón y para que puedas seguir manejando
en la sombra la empresa, el poder que se expide, es un poder específico pero
amplio. Y de este modo al administrador, no le necesitas para nada.
Es un tema muy interesante. De hecho es el método que muchos
políticos, personajes públicos, celebridades o actores, utilizan para
desaparecer de la titularidad de ciertos bienes y esconder patrimonio. Así pase
lo que pase, nadie podrá ir por los bienes de esa empresa si un día tienes
problemas, porque nadie sabe que son tuyos. No figura en el Registro que eres
el propietario.
Entenderás por qué, muchas de esas declaraciones de patrimonio
de los políticos para ser transparentes al ciudadano, pueden no servir de
mucho. Pero sin embargo, es algo totalmente lícito, aunque no parezca muy
ético.
Todo esto es posible, porque no se registra la compraventa de
acciones de empresas no cotizadas en el Registro Mercantil. Sólo se registra la
empresa en su creación y el administrador. Por lo que puedes ser dueño o tener
el control de varias empresas sin que nadie lo sepa.
Saber cómo crear una
empresa y permanecer en el anonimato, también puede servirte para
transferir tu patrimonio a quien tú quieras y sin pagar impuestos.
Hay muchas razones por las que puede interesarte crear una
empresa, para manejarla desde el anonimato. Tanto es así que hay quien ha hecho
de este interés, un modelo de negocio muy rentable. La compraventa de sociedades fantasmas o shelf
companies, está a la orden del día.
Desgraciadamente muchas veces estas transacciones tienen que
ver con complicados entramados mercantiles para esconder la identidad de los
verdaderos autores de actos ilícitos. Pero la venta de sociedades constituidas o inactivas, es una práctica
totalmente legal en la actualidad.
Pero piensa que te puede interesar mantener oculta tu
identidad, si quieres crear un nuevo negocio sin que se enteren los acreedores
de tu último negocio fallido y montar una nueva empresa para continuar con tu
actividad sin que te embarguen los bienes. Muy habitual en la última década en
el sector de la construcción.
Llegado el caso y para evitar problemas derivados de la Ley
de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, podría
ser necesaria la expedición notarial de un acta
de titularidad real. A fin de identificar a los titulares con acciones o
participaciones superiores al 25% del capital social de la empresa. Declaración
que constará en el registro del Consejo General del Notariado. Tenlo en cuenta
a la hora de firmar en una notaría la compraventa de participaciones y el
posterior apoderamiento. Pero igualmente a efectos de privacidad y
confidencialidad de cara a consultas de información pública por partes de
terceros, seguirá en el anonimato.
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Me produce gran admiración la gente que sabe tanto. Es increíble la cantidad de temas que domina, sobre finanzas, derecho y economía.
ResponderEliminar¿Habría que estudiar libros de derecho mercantil y fiscal para dominar estos temas y tener seguridad a la hora de hacer todas estas operaciones, que para una persona normal se antojan peliagudas? ¿Qué formación aconseja?
¿Hay o puede recomendarme bibliografía sobre ingeniería financiera?
Gracias por el blog.
Hola, muchas gracias.
EliminarCualquiera de los programas de asesoramiento, banca privada y planificación financiera que ofrecen las principales escuelas de negocios o la certificación European Financial Planner, tiene un temario interdisciplinar que abarca todos estos temas. Por lo que cualquiera que tenga interés en ello puede llegar a formarse. Si lo unes a una experiencia profesional de más de 10 años en temas fiscales y financieros, puedes llegar a tener un conocimiento amplio. El problema es que son unas materias en las que hay que estar constantemente actualizándose.
Si lo valoras, no necesitas aprenderlo por tu cuenta a no ser que tengas un gran interés en ello, pero puedes pagar los honorarios de un profesional con estos conocimientos si lo precisas.
Del mismo modo que me interesan los temas relacionados con la medicina y la salud, no puedo aspirar a llegar a ser médico para entender una patología que puedo sufrir y me contento con tener unas nociones para comprender mejor el diagnostico que me proporciona un profesional sanitario.
Un saludo.
Buenas tardes
EliminarEstaría interesado en hacerle algunas consultas.
Se podría poner en contacto conmigo?
Saludos
Igual qué a veces te critico, buen articulo Hoy, las cosas Como son.
ResponderEliminarYo siempre me preguntaba Como podian politicos con decadas de Buenos sueldos, y gastos pagados, tener tan Poco patrimonio
Me lo tomo como una invitación a mejorar. Gracias a ti por leer y comentar.
EliminarEsta estructura permite que quien quiera pueda poseer o tener el control sobre viene so propiedades, sin que nadie sepa de forma pública que son suyos. Y los políticos siempre han dado buena cuenta de estas herramientas.
Un saludo.
Bueno, todo esto de legal no tiene nada y se le puede exigir responsabilidad a cualquiera de las partes presentes en este negocio jurídico.
ResponderEliminarUsted sabe lo que es un administrador de hecho y de Derecho?.
¿Usted sabe que un contrato sin fecha es anulable?
¿Usted sabe lo que es alzamiento de bienes?
¿Usted conoce a alguien tan tonto como para aceptar ser el tercero en todo este jaleo?. ¿Y es persona no cobra?.
El método se usa, pero de legal no tiene nada, que conste
No hay nada ilegal en crear una empresa y que el verdadero propietario permanezca en el anonimato. Hacienda conoce perfectamente esta fórmula y de hecho hay empresa que venden en pack las nuevas empresas con su administrador de paja y su carta de cese firmada sin fecha para dar de baja cuando se quiera.
EliminarNo hay alzamiento de bienes por ningún sitio. Al contrario. Lo que se persigue con una empresa pantalla, es mantener la propiedad ocultando al resto del público quien es el verdadero dueño.
Que el administrador de fachada firme una carta de cese sin fecha, no tiene nada que ver con un contrato sin fecha. Se hace para que la información sobre el titular real en los ficheros públicos sea opaca. Normalmente ese administrador de pega cobra sus honorarios por constituir la nueva empresa y figurar como administrador. Del miso modo que se protege su responsabilidad añadiendo una clausula en la compraventa de participaciones, en la que se indica que la empresa ha estado inactiva hasta el momento de la deuda y se certifica que no tiene deudas. El problema es cuando se usa esa empresa fantasma para canalizar flujos de dinero de actividades delictivas o para blanqueo.
Es un tema muy interesante, que mucha gente desconoce. Pero que es de rabiosa actualidad. Y lo utilizó desde Urdangarin en el caso Nóos, hasta varios políticos en la trama Gürtel.
Un saludo.
Perdone mi incultura, pero no termino de ver como una carta de cese como administrador puede ir sin fecha y ser legal. Tendría que haber otros medios de prueba que acrediten el momento en que se deja de ser administrador. De cara a terceros me parece una inseguridad jurídica manifiesta. Y de cara al administrador saliente, ¿ si usted o quien tenga la empresa comete una actividad ilícita y pone como fecha de cese una posterior a esa actividad ilícita?
EliminarNo hay nada que perdonar. Publicamos estas cosas para compartir conocimiento y que la gente opine y comente. Preguntar sobre las cosas que desconocemos es la llave para aprender.
EliminarDate cuenta que el adminstrador da un poder a un tercero para que opere como considere. Mientras no haya mala gestión o negligente y las actuaciones estén acreditadas con el poder de otra persona no hay ningún problema para el administardor.
La idea de montar todo esto no es tanto para desarrollar una actividad delictiva o montar una estructura de empresas para blanqueo, sino para privacidad del verdadero actor.
Realmente la carta de cese es lo que da seguridad al verdadero propietario para tener control total sobre la empresa.
Un saludo.
Si, pero no me ha respondido sobre la legalidad de un documento sin fecha. Todo lo anterior lo veo perfectamente legal, pero un cese de administrador sin fecha, aparte de ser arriesgado, lo veo como un defecto formal insalvable.
EliminarEnhorabuena por todos sus artículos. Aunque en particular este me ha caido del cielo, llevo dos años buscando una solución para esto y ninguno de mis asesores me ha dado esta herramienta. Gracias!
ResponderEliminarComo empresaria también llevo tiempo queriendo saber como ahorrar en impuestos de forma legal, se que hay métodos pero no consigo llegar a ellos, si algún día de inspiración escribe sobre ello seria fantástico.
Muchas gracias Anabel.
EliminarLa gente que sabe de verdad, para ciertos asuntos delicados, contrata o consulta a varias asesorías hasta que encuentras a alguien que da en el clavo.
Tengo en cuenta lo de como pagar menos impuestos. Algo ya hay escrito, pero igual hace falta una actualización.
Un saludo.
Copio y pego lo escrito por usted: "No hay nada ilegal en crear una empresa y que el verdadero propietario permanezca en el anonimato. Hacienda conoce perfectamente esta fórmula y de hecho hay empresa que venden en pack las nuevas empresas con su administrador de paja y su carta de cese firmada sin fecha para dar de baja cuando se quiera".
EliminarPodría publicar el nombre de alguna de estas empresas?. Me interesa (y sorprende por otra parte) un administrador de paja, como usted le llama, con una carta de cese sin fecha, y una factura de la empresa que me lo proporciona.
Le estaré enormemente agradecido.
Busca en Google comprar sociedad limitada o comprar sociedad en constitución. Los dueños de algunos de esos negocios que venden en pack las empresas para que otros puedan permanecer en el anonimato, tienen más 500 empresas inscritas a su nombre.
EliminarUn saludo.
Perdone las molestias, pero en ninguna de ellas ofrecen administrador con carta de cese sin fecha. De hecho, creo aue no ofrecen ni administrador. Podria darme una direccion concreta. Muchas gracias
EliminarMuchas gracias por la información.
ResponderEliminarComo nos aseguramos de que el administrador de pega no maneja la SL que hemos comprado? Muchas gracias
Hola Alfonso.
EliminarDebe ser una persona de total confianza. O en todo caso, para eso está la carta de cese firmada sin fecha, para poder inhabilitarle en cualquier momento y desde cualquier momento.
Un saludo.
Muchas gracias por la respuesta, me surge otra pregunta. Mientras no cesamos al administrador de pega que acciones puede llevar a cabo sin contar con nosotros? Tiene libertad de hacer y deshacer sin nuestra autorización?Gracias
EliminarMe parece realmente muy interesante..una pregunta..el administrador debe de pagar autónomos.. si yo quiero utilizar la empresa para facturar por mis videos de YouTube o otras ganancias..que me piden factura..habría que pagar autonomo con este tipo de empresa..y si hay que pagar algo mensual que iría a nombre del administrador?no me termina de quedar claro el tema.pero me interesa porque desconocía esta forma.. muchas gracias
ResponderEliminarComo podría contactarte ?
ResponderEliminarGracias
Muy interesante el artículo, pero olvidaos del tema. Esto estaba muy bien en su momento. Pero desde el 2019 es imposible llevarlo a la práctica sin ser descubierto al crearse el Registro de Titularidades Reales. Que sino se lo dices tú, coge la información del notariado o de las cuentas anuales que las sociedades presentan en el Registro Mercantil. Donde se está obligado a informar el titular real o no te las dan de paso. Y cruzan datos. Así que ni pensar en mentir. Porque es delito de falsedad, y te cae prisión de 1 a 3 años. Poca broma. Aquí la noticia:
ResponderEliminarhttps://www.registradores.org/-/el-registro-de-titularidades-reales-nueva-herramienta-contra-el-blanqueo-de-capitales
Para los demás es confidencial, pero a ese registro tienen acceso desde justicia, los fiscales que persiguen temas de fraude o blanqueo, Hacienda, la CNMV y tal. De modo que si te están juzgando por un tema chungo, las sociedades interpuestas o las sociedades pantalla, no te van a servir de mucho.
Tanto es así, que uno de esos que tenía una web de venta de sociedades, acabó metiéndose en temas delicados con quien no debía, y le han caído más de 10 años de cárcel. A veces ser tan listo y saber tanto, te puede salir caro. Yo ahí lo dejo y cada cual que decida.
Hola Econ.
EliminarSé a quién te refieres. Efectivamente, ya no es posible crear una empresa y permanecer en el anonimato. Saben que detrás de esas prácticas no suele haber nada bueno y se están poniendo duros con el tema. Así que cuidado.
Un saludo.
Hola no lo entiendo bien, cuando vas al notario y creas una empresa puedes poner a un administrador que no seas tu, pero si entras en el accionariado queda registrado en la escritura y cualquier organismo público (Seguridad social y Hacienda o cualquier Juez) puede acceder y ver tu nombre, ¿Me equivoco?
ResponderEliminarNo si no tienes una participación significativa o de control. Un saludo.
EliminarEntiendo entonces que si si tienes unas participaciones significativa 20% y no soy administrador no quedaría expuesto dice?
ResponderEliminarPara que eso sea posible, tienes que tener mucha confianza con el titular real declarado y tener bajo tu control al administrador.
EliminarPero técnicamente, sí. Podrías gestionar una empresa con una participación minoritaria y una escritura de apoderamiento conferida por el administrador.
Un saludo.
buenos dias, cual es la participación minoritaria a la hora de estar en una empresa pantalla ?
ResponderEliminarcomo podria ponerme en contacto con ustedes para hablar de mi caso ??
No tienes que llegar a superar el 50% ni directa ni indirectamente y tiene que haber un accionista con más participación que la tuya. Y obviamente, no puedes ser identificado como el accionista o persona de control en la titularidad real.
EliminarLa legislación ya ha dado pasos para que este tipo de operaciones en la sombra o actuaciones en nombre de terceros, quede al descubierto. No asesoramos para enseñar como saltarse la normativa vigente. Olvidaos de hacer las cosas mal y os ahorraréis muchos problemas.
Un saludo.
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