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¿Cómo tributa la devolución de las cláusulas suelo en el IRPF?



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El 20 de enero se publicó en el BOE el Real Decreto Ley 1/2017, de medias urgentes de protección a consumidores, en relación con las denominadas cláusulas suelo de algunas hipotecas. Que impide que los tipos de interés bajen por debajo de una referencia establecida en contrato y que haya sido considerada abusiva y nula. 

Por tanto, si tienes una hipoteca con una limitación de bajada en el tipo de interés, estas de enhorabuena, porque podrás solicitar la devolución de la cláusula suelo cobrada por tu banco. Y en consecuencia que te devuelvan los intereses indebidamente cobrados, durante el periodo que se te haya aplicado. 

El problema de lo positivo de la devolución de las cláusulas suelo, es que esa retracción de intereses cobrados, va a tener un impacto fiscal en tu IRPF. Dependiendo de la forma en que se haga, el tratamiento fiscal de la devolución de la cláusula suelo, variará. 

Por tanto, ahora que falta poco para que comience la campaña de la declaración de la renta, sí que quiero explicarte como te puede afectar en el IRPF y si te corresponde hacer algo en relación con los últimos ejercicios fiscales o no. No vaya a ser que un problema con Hacienda por este tema, te amargue la satisfacción de recuperar los intereses indebidamente cobrados. 

Lo primero de todo, es que tanto si se produce por sentencia judicial o por acuerdo con el banco, no tienes que incluir los intereses de la devolución de la cláusula suelo en la declaración de la renta.

En caso de que tu banco te devuelva los intereses reduciéndote el capital de tu hipoteca, no podrás sumar ese importe, a efectos de deducción por inversión en vivienda habitual, aunque tuvieses derecho por tu fecha de adquisición. Esto es de lógica, pero lo menciono, porque siempre hay alguien que quiere sacar más partido del que le toca. 

Pero puede tocarte hacer una declaración complementaria por cláusulas suelo, si en los últimos cuatro años fiscales no prescritos, te aplicaste deducción por adquisición por vivienda. 

Dicho con otras palabras. Si en su día estos intereses que te devuelven ahora, te sirvieron para pagar menos o que te devolviesen más dinero en la declaración de la renta, tendrás que devolverle a Hacienda el beneficio que te supuso incluirlos en tu IRPF.

Eso sí, hacerlo no tendrá recargo, sanciones, ni se aplicarán intereses de demora. En el caso de que te devuelvan las cláusulas suelo antes del inicio de la campaña de la renta de este año, tienes hasta el 30 de junio para presentar las declaraciones complementarias. En caso de que te devuelvan los intereses más tarde, tendrías de plazo hasta el 30 de junio de 2018. 

Como en el caso de la devolución de las preferentes, puede que algunas situaciones sean un poco complejas. Por lo que te recomiendo que vaya a un asesor fiscal, aunque eso suponga invertir un poco de dinero en los servicios de un profesional. 

Cabe la duda de cómo tributa la devolución de la cláusula suelo, por los intereses que te hayan cobrado todavía este año, en el supuesto de que tengas derecho a deducción por vivienda. 

Si reclamas y consigues el acuerdo antes del 30 de junio de 2017, los intereses cobrados no formarán parte de la bases para la deducción por adquisición de vivienda habitual, ni serán gastos deducibles en el IRPF de ningún modo. 

Por dejar un par de ideas claras sobre el tratamiento fiscal de la devolución de la cláusula suelo. Si no te aplicas deducción por vivienda, si te devuelven en efectivo, no tienes que hacer nada. Ni lo metes en la renta del año en el que te paga el banco la devolución de la cláusula suelo, ni tienes que hacer complementarias de años anteriores. 

En el caso de que sí que tengas derecho a deducción por vivienda, yo lo que haría sería pedir pago en efectivo y después amortizar hipoteca este año para deducírtelo. Porque si te lo reducen directamente de hipoteca, no te lo puedes deducir. Las complementarias las tendrás que hacer de todas formas. 

Como ves, siempre hay que contar con la Agencia Tributaria como tercero en discordia, en las resoluciones favorables sobre cláusulas abusivas con los bancos. Así que no te descuides en ese tema para no llevarte disgustos.  

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5 Comentarios

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  1. En la hacienda vasca se ha acordado no contabilizar esas deducciones, es decir dejar las cosas como están independientemente de que se devuelvan importes.

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  2. Artículo interesante. En el pasado durante la crisis de 2009 pensé en comprar tierras en España, pero no lo hice.

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  3. Afortunadamente ya recuperé mi cláusula. 2000 euros no me han caído nada mal.

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  4. La regularización de las deducciones por ladevolución de intereses por el IRPH ¿funciona igual que las cláusulas suelo?

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  5. Como siempre, toca reclamar para que te devuelvan lo que justamente mereces. El sistema de hacienda española deja mucho que desear y satura las instituciones, creando más gasto del que creen ahorrar al forzar al ciudadano a reclamar y reclamar constantemente...

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