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¿Hasta cuándo puede Hacienda hacer revisión de la declaración de renta de años anteriores?



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Hace ya más de un mes que finalizó el periodo de autoliquidación de la última campaña de la renta. Algunos de los que les salía la declaración a devolver, ya la han cobrado y descansan tranquilos. Otros sin embargo comienzan a inquietarse al no ver su ingreso hecho. 

La realidad es que ni unos ni otros, así como aquellos a quienes la renta les salió a pagar, están exentos de una inspección de Hacienda

Lo cierto es que gracias a la tecnología, los borradores y los diferentes medios de presentación telemática, se han agilizado bastante los plazos de devolución, de las rentas con autoliquidación negativa. 

Y aunque de entre todas las rentas presentadas antes de su abono se hacen controles aleatorios y se aplican filtros de comprobación de datos, en ningún caso tiene que darse por hecho que esa renta no va a revisarse. 

¿Sabes cuánto tiempo tiene hacienda para revisarte la declaración de la renta de años anteriores? ¿Conoces cuáles son las comprobaciones más frecuentes que realiza AEAT? ¿Crees que puedes hacer hecho algo que despierte el interés de Hacienda para investigarte? 

La peculiaridad de la declaración de la renta en España, radica en el hecho de que es el obligado tributario, quien tiene que confeccionar la autoliquidación del impuesto. AEAT dispone al ciudadano diversa información, manuales de ayuda, soporte telefónico e incluso da cita para hacer la declaración a quien lo desee. Pero es el contribuyente quien debe recopilar la información y quien es responsable de lo declarado.

Incluso aunque se acuda a un asesor fiscal, la responsabilidad frente a Hacienda es del contribuyente. Otra cosa es la posibilidad o no de reclamar al representante o profesional por los servicios prestados, en caso de errores imputables a su actuación. 

Ni que decir tiene que el asesor fiscal, es una figura que está para optimizar fiscalmente la renta del contribuyente, no para buscar cómo defraudar a Hacienda. Por lo que en todo caso, si hay responsabilidad, sería por errores, omisiones o presentaciones fuera de plazo. Para todo eso es muy importante facilitar al tercero que elabora la renta, toda la información a tiempo. Omitiendo datos el único perjudicado es el propio contribuyente. 

En todos los casos la Agencia Tributaria, entiende que todas las autoliquidaciones se presentan a priori de buena fe. Para el caso en el que haya errores a favor o en contra, ya establece una serie de procedimientos para poder subsanarlos. Como la posibilidad de presentar una declaración complementaria, una solicitud de devolución de ingresos indebidos, etc. 

Ahora bien, AEAT puede inspeccionar, para detectar errores haciendo una nueva propuesta de liquidación con la información que ellos tienen o hacer un requerimiento para aclarar algún dato que se haya informado y genere duda. 

La realidad es que Hacienda puede revisar las declaraciones de la renta presentadas desde hace cuatro años, a contar desde el último día de presentación de liquidación voluntaria

Por ejemplo la renta de 2013 que se ha presentado en 2014, podría ser investigada hasta el final de la campaña de la renta de 2018. Lo que en realidad suponen 5 años fiscales. Conviene siempre conservar la documentación de todos los años, para poder contrastar las discrepancias. 

Como es natural controlarlo todo, es tremendamente complicado para la administración. Hay quien sugiere que debería ser la Agencia Tributaria quien hiciese la liquidación y el ciudadano quien la verificase. 

A pesar de los delitos fiscales y fraudes que cometen las grandes fortunas y algunas personalidades, como se ve en los medios de comunicación a diario, la realidad es que es más fácil fiscalizar el IRPF del pequeño contribuyente. 

Eso sí, con la excepción de aquellos que compartan la particularidad de hacer estado bajo regímenes forales y el estatal. Ya que no hay comunicación entre las distintas Haciendas y eso da lugar a omisiones de rentas u ocultación de patrimonio, que son difíciles de detectar. 

En el resto de casos Hacienda suele poner el foco en algunas circunstancias declaradas susceptibles de fraude y discrepancias entre distintas fuentes entre las que cruza datos, como notarios, registros de la propiedad, seguridad social, bancos e incluso compañías eléctricas entre otros

En los últimos tiempos la Agencia Tributaria, ha intensificado sus controles a fin de detectar el fraude tributario

Y ha puesto especial atención en aquellos contribuyentes que cobran pensiones en el extranjero y que podrían no haberse declarado en años anteriores. Así como las posibles rentas omitidas por contribuyentes, que han presentado la declaración de bienes en el extranjero mediante el modelo 720 en los últimos dos años. Que ha ocasionado muchas regularizaciones. 

Las adquisiciones de inmuebles y las rentas inmobiliarias, son otra fuente de fraude e inspección muy recurrente. AEAT se está valiendo de la información de consumos de suministros en viviendas, para retirar las deducciones irregulares por adquisición de vivienda. 

Las compraventas de propiedades por debajo de valor mínimo, que ocasionan una liquidación paralela de ITP, pueden ocasionar una revisión completa de todos los impuestos declarados por un contribuyente. 

Tampoco está de más recordar que debe existir una proporcionalidad entre los ingresos y gastos, que informan las entidades financieras en sus informes de control de origen de fondos y prevención de blanqueo de capitales. Una amortización de hipoteca por un importe alto en relación con los ingresos declarados, puede motivar una inspección. 

Por eso es importante que los préstamos entre familiares se instrumenten correctamente, para poder acreditar incrementos patrimoniales y movimientos de fondos. 

Normalmente cuando una declaración de la renta se revisa, se suelen revisar todos los años anteriores. Y una vez se ha revisado a un contribuyente porque ha saltado en un filtro, es muy probable que años posteriores se inspeccionado. 

Ante la duda por un requerimiento o una inspección, lo aconsejable es no afrontar el problema en solitario y acudir a un profesional. 

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2 Comentarios

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  1. Buenas tardes entonces por ejemplo a mi que hoy me llego una notificación de hacienda, que me van a revisar la declaración del 2011 que presente en abril del 2011. Estoy obligado también?

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  2. Perdón me revisan la del 2010 presentada en el 2011

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